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es un breve resumen sobre el nacimiento de la constitución francesa
Tipo: Monografías, Ensayos
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La revolución Francesa es un momento extraordinario en la que la gente empieza a creer que puede rehacer casi toda la sociedad; no solo pueden cambiar la política y las instituciones sino que a través de la acción política pueden cambiar también la propia naturaleza humana. Esta etapa de la historia de Francia realmente constituye una encrucijada para el mundo moderno, porque todo empieza a tomar una dirección diferente; nacida en plena era de la ilustración la revolución fue testigo de cómo la tierra feudal le daba la espalda a la tradición aristócrata y trazaba un nuevo camino para el futuro, hizo temblar los cimientos de Europa y su impacto afecto al mundo entero. La revolución francesa es el acontecimiento más importante de la Europa occidental, hay avances como la revolución industrial, el capitalismo, pero en lo que se refiera a acontecimientos no hay alguno más importante, fue la revolución la que más altero las cosas si consideramos que se deshizo de la iglesia católica, de la cristiandad, de la nobleza, del rey y de todo aquello que es tan fundamental antes de nacimiento del mundo moderno. La revolución francesa dio de comer a los pobres, trajo la democracia a Francia, y estableció un nuevo orden en la sociedad pero este progreso tuvo un precio. Fue un momento de una extraordinaria esperanza y ambición y de repente se convirtió en la tragedia más espantosa. En este ensayo se analizan los principios fundamentales del constitucionalismo moderno que se conformaron como resultado de la Revolución Francesa de 1789, que fueron: la idea de la Constitución para la organización del Estado y como emanación de la voluntad popular; la declaración en ella de los derechos del hombre; la asunción de la soberanía por el pueblo; el principio de la representación para su ejercicio; el principio de la separación de poderes para la organización del Estado; la supremacía de la ley y el principio de legalidad; y la distribución territorial del poder y el municipalismo. Estos principios influyeron enormemente en la conformación de los nuevos Estados hispanoamericano a comienzos del siglo XIX.
lo largo de su historia el derecho francés, se ha convertido en un modelo jurídico, tanto para los dirigentes y los Juristas extranjeros que bien lo has copiado en algunas ocasiones, como para los mismos franceses quienes de sobra han exaltado el lugar que el derecho francés ocupaba en el mundo. Por ejemplo un caso extranjero que nos representa y en este sentido el más famoso, es el del “Code civil” de 1804, nos damos cuenta de esa doble mirada; si Andrés Bello glorificaba en 1885 a "Francia, a quien debemos el más famoso de los códigos, el que ha servido de modelo a tantos otros", es por su gran impacto revolucionario y su fuerte contenido en pro de la nueva sociedad en donde la aristocracia se vería abolida y seria reemplazada por una nueva sociedad y forma de democracia. El Estado monárquico de Francia, al igual que los otros Estados de Europa en aquella época, se basaba en la idea de que es el único a quien se le debe la plenitud del poder en su reino sobre la diplomacia y sobre la incorporaci ón de territorios periféricos. Los reyes y sus gobiernos forjan la unidad del reino, imponen la soberanía del Estado y la autoridad absoluta del Rey. Pero el sistema real, tal como lo imaginaron los reyes de Francia se apoya también en la idea de que representa una excepción en este mundo. Lo que llamamos la excepción francesa, es esa idea según la cual,
la monarquía y la nación emergente son diferentes de las otras monarquías y naciones de Europa y superiores a ellas. La Francia de 1799 era totalmente distinta a la de 1789. En apenas una década, la Revolución había creado un estado completamente nuevo. De una monarquía absolutista se había pasado a una república. Ya no había súbditos, sino ciudadanos. La sociedad, antes capitaneada por aristocracia y clero, tenía ahora en la burguesía su motor principal. Tan irreconocible estaba la nación y tan original era el modo en que se había organizado que hubo de remontarse a la Roma clásica para dar nombre a sus nuevas instituciones: Senado, Consulado, Tribunado y Prefectura. Las leyes y la economía, el arte y la ciencia, la educación, el ejército, el papel de la Iglesia y la administración territorial, todos los aspectos del estado habían cambiado respecto del Antiguo Régimen. También se suprimieron los diezmos, esa parte de la cosecha que se destinaba como tributo a la Iglesia o a la Corona, y se eliminó la primacía de los hijos mayores en la herencia de las propiedades. Los grandes beneficiarios de estos cambios fueron quienes los habían provocado, los burgueses. En la práctica, la mejora de su situación se manifestó en una redistribución, favorable a su clase, del poder político y la propiedad privada. La posesión de bienes, libre de los condicionamientos señoriales, hizo que cualquier francés económicamente independiente fuese un elector y un posible miembro del gobierno del estado: un ciudadano. Así, la antigua estructura de la sociedad, vertical y estanca, dio paso a un activo esquema horizontal, donde cualquiera podía acceder a los cargos públicos y a la propiedad. El país donde las tierras y las riquezas pronto estuvieron repartidas entre muchos más titulares que poco antes, se convirtió en el europeo con mayor cantidad de pequeños propietarios. Esta realidad socio económica tuvo su expresión política fundamental en la constitución de asambleas de representantes. Los ciudadanos, mediante elecciones, delegaban libremente su cuota de poder público en diputados que abogaban por sus intereses. Estas cámaras, lo mismo que sus homólogas en Estados Unidos, fueron los primeros antecedentes modernos de los actuales parlamentos democráticos. La ideología fraternal de la Revolución se dejó sentir con toda su fuerza en el tratamiento de las personas por parte de la ley. Tras la Revolución, el sistema fiscal se rigió por contribuciones equitativas de la ciudadanía, proporcionales a sus ingresos. El nuevo orden económico, fruto del concepto de una nación participativa, tuvo su reflejo en una institución fundada por Napoleón: el Banco de Francia. Todavía hoy encarna al estado en materia monetaria, crediticia y de tesoro público. La Revolución también replanteó las competencias de la Iglesia y el Estado, en él pasado compenetrados. Por un tiempo separó a este último de la religión, sobre la base de las libertades de culto, conciencia y expresión. Prueba de este nuevo enfoque fueron los derechos civiles que se concedieron a protestantes y judíos, antes marginados. O, tras el concordato firmado por Napoleón, el trato entre iguales entablado entre París y la Santa Sede. Como no podía ser de otra forma, la ideología fraternal de la Revolución se dejó sentir con toda su fuerza en el tratamiento de las personas por parte de la ley. La igualdad ante la justicia, la presunción de inocencia, la asistencia de un letrado en los tribunales o el derecho de hábeas corpus (de libertad individual y de protección ante las detenciones arbitrarias) fueron manifestaciones patentes de la profunda transformación experimentada por el estado en temas procesales. El ejército no sufrió menos modificaciones. Ahora lo integraban ciudadanos reclutados para defender la nación, no los intereses de la Corona. Si demostraban talento y valor, podían convertirse en oficiales, antes un privilegio de la aristocracia. Además, solían incorporarse a las fuerzas armadas mediante levas masivas, precursoras del servicio militar moderno. Los símbolos eran importantes. Había que borrar del inconsciente colectivo los signos de la época superada. Se había adoptado la bandera tricolor que añadía el rojo y el azul del blasón parisino al blanco de los Borbones, y se había dado carácter de himno nacional a La Marsellesa. Desde el inicio de la Revolución, la Asamblea constituyente crea las condiciones para la formación de un modelo jurídico francés. En lugar de solucionar primero los problemas financieros o los de orden público,
país. Además de ser el origen de lo que hoy se conoce como el Estado de Derecho donde la democracia incipiente de ese momento se vuelve el modelo de otras naciones. De esa cuenta tiene gran influencia en el mundo, la filosofía humanista que es la base de la ideología de la revolución, es hoy la clave de modelos educativos; donde el centro de la educación es el hombre y la mujer. Así también los principios de igualdad, fraternidad y libertad que están reconocidos en la constitución de la republica permiten en la actualidad al hombre que se le reconozca como un ser con autonomía que toma sus propias decisiones, donde el estado no tiene injerencia, pero si debe de velar porque se respeten. En ese sentido la Revolución Francesa ha sido siempre un asunto complicado de interpretar. Fue considerada como modelo de revolución política, en el que la burguesía desplazaba a la aristocracia en el poder. Sin embargo, no fue una mera transferencia de poder, sino un cambio en el concepto del ejercicio poder y de administración del país. Así en este apartado se trata de establecer una postura crítica función de este hecho, sin caer en ideologismos, determinismos u otros, por supuesto este acercamiento crítico es fundamentado en las diversas formas en que se ha concebido por estudiosos de dicho hecho. La Revolución Francesa, como hecho histórico es comprendida como un proceso de correlación de fuerzas sociales que, aprisionadas por el peso de una sociedad tradicional definida por el absolutismo monárquico, el sistema feudal, y una diversificación de grupos sociales segmentados a través de estamentos generaron ante una crisis profunda, una reacción encadenada de cambios irreversibles no sólo para la historia de Francia, sino que como se expande la expresión transformadora general desde el siglo XIX en adelante Europa y por ende para América. Se ha dicho que es la revolución por excelencia, ya que con ella emergen todos los mecanismos políticos, grupos sociales, e imaginarios colectivos de las revoluciones del mundo entero.