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Resumen del Contenido de la materia
Tipo: Resúmenes
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¡No te pierdas las partes importantes!
¿Qué es el Derecho? El derecho no es solamente la norma jurídica, dentro del mismo podemos distinguir 3 diferentes significados.
Este pensamiento sostiene que el ser humano tiene derechos que son imprescindibles para su vida de relación que deriva del derecho natural el cual es eterno e inmutable. Dentro del mismo existen variantes.
Clasificación de la Ciencia desde la perspectiva del autor inglés WUDNT. Ciencia FORMALES: objeto de estudio es abstracto (no están materialmente, no las tocamos) como, por ejemplo: matemática, lógica, etc. Ciencia REALES: el objeto de estudio se percibe, se analiza. Dentro de la misma existen 2 subclasificaciones: Sociales y Naturales.
CIENCIA del derecho: incluye el objetivo y subjetivo. Estudiar o comparar, el objeto de estudio, estudiar esas normas o las acciones. (Inglés: civil law – cvil rights)
El DERECHO es dinámico porque cambia la sociedad y existe una necesidad de que las normas acompañen las nuevas conductas.
Si existe el libre albedrio y el obrar de una persona puede llevarlo a consecuencias, cuáles son las pautas que debe cumplir y que lo llevo a realizar esos actos. REGLAS DE ARTE
Idea propia de la edad media. Pensamiento cristiano sumados a los pensamientos romanos. ORDEN organiza la vida en relación social, laboral; también de un estado y con otros estados (internacional), con fines de paz y lograr el bien común. SOCIAL para establecer las pautas entre personas, relación con los demás. IMPUESTO por el estado con respaldo del monopolio de la fuerza pública para hacerlo cumplir. JUSTICIA principio superior – valor. Normas – valores – justo - no justo IUSNATURALISTA: dirá que la norma es justa si es conforme al orden natural. UTILITARISTA: sostendrá que norma es justa si cumple con el principio de otorgar la mayor felicidad para el mayor número de personas. CLASE 6-5- IUSNATURALISMO Existen variantes en base a quien o de donde vienen esas leyes superiores. IUSNATURALISMO TEOLOGICO: sostiene que los principios superiores surgen de la Iglesia de Dios. Santo tomas de Aquino dividió las leyes en:
IUSNATURALISMO RACIONALISTA: sostiene que los principios superiores surgen de la elaboración intelectual del ser humano. (Grosio era un exponente). IUSNATURALISMO HISTORICISTA: dinamismo, evolución de los pueblos que reconocen esos principios superiores que nos rigen. Los alemanes sostenían que surgen del espíritu del pueblo VOLK (pueblo) GEIST (espíritu). El derecho (c. sociales) necesita ayuda de otras ciencias, para evaluar esas conductas del ser humano en sociedad. DISCIPLINAS JURIDICAS Aportan desde su saber, contribuyen el conocimiento jurídico, aportando un enriquecimiento. Son saberes que contribuyen con el derecho para resolver los conflictos que se pueden dar en una sociedad. FILOSOFIA DEL DERECHO: la filosofía busca el fin último del conocimiento, se pregunta y repregunta, no tiene fin. Y lo hace a través de la razón. A) La Filosofa del Derecho presenta 3 problemáticas: (Primarios)
Juan es un buen alumno Calificación/apreciación subjetiva. Criterios. Agregan ponderaciones positivas o valores. Juan es un alumno objetivo distintas instituciones. Comparar con otros países, tener esas experiencias, ver los distintos intereses y si se puede adaptar a otro país. Hay 2 visiones en cuanto al tratamiento que se la da:
JUSTCIA
existen tantas soluciones como sistemas jurídicos (múltiple) no hay una
valoramos conducta desde el derecho natural. La solución que se da esta ajustada al derecho natural, No es sinónimo de igualdad. No somos iguales ante la let, porque cada persona tiene diferentes condiciones (edades, discapacidad). KELSEN (positivista) no pudo dar una definición absoluta. Para él las acciones en sí mismas no son malas ni buenas, va a denominarlas “malas in se”, y va a decir que estas acciones son neutras. Para él el termino de Justicia es difícil de definir porque hay tantas que terminan confundiendo. El termino JUSTICIA en TRES DIFERENTES ANGULOS: JUSTICIA COMO VIRTUL MORAL como sujeto que realiza determinada conducta Virtud que puede ejercer cada persona en el conjunto. Justicia particular (j) y justicia general (J) = JUSTICIA UNIVERSAL. Este termino tiene tres pensadores: Ulpiano, Santo Tomas y Cicerón. JUSTICIA COMO ORDENAMIENTO JURIDICO la norma, el acto justo en si, la relación con otro. Proporcionalidad de los actos. La proporcionalidad establecida por las normas, marcos normativos, establecido por el legislador que prevé la circunstancia para que haya equilibrio. LO QUE TENGO DE ORDENAMIENTO JURIDICO: se valora el acto JUSTO. Para que este sea justo, tiene q ser proporcional al marco establecido por el Legislador. (lo que dijo la profe en clase) despues yo tengo mi respuesta del cuestionario.. Desde el enfoque objetivo sobre la justicia que interesa más al derecho, porque este no se implanta para promover la virtud entre los hombres, sino para asegurar la justicia en las relaciones sociales. El acto justo, surge de una relación existente entre dos o más sujetos, no es cien por ciento individual, sino de orden social. El acto justo seria solo un acto de virtud, pero como es un impuesta por la voluntad superior (la ley), el acto consiste además en cumplir el derecho. La justicia objetiva se identifica entonces como el derecho que la realiza, y consiste en el ordenamiento social que obliga a dar a cada uno lo que le corresponde Son los vínculos dentro de la esfera social y entre los sujetos (no se si es asi, no lo tengo bien anotado) 11
Se reparte en función de las facultades, conocimientos o responsabilidades, calidad o conforme a las necesidades. Tiene que existir un reparto justo.
LOS VICIOS DE LA JUSTICIA Se determina como vicios a las formas patológicas del derecho: la injusticia, la ilegalidad y la arbitrariedad. LA INJUSTICIA: se opone directamente con la virtud de la justicia. Es injusto todo lo contrario al derecho natural y positivo, oponiéndose al orden moral/norma jurídica. La injusticia no atribuye a los demás lo que le corresponde. LA ILEGALIDAD: se vincula al vicio anterior, NO se ajusta a la LEY, es contrario al derecho positivo (este último concuerda con lo dictado por la justicia). Es ilegal todo lo opuesto a las leyes. LA ARBITRARIEDAD: consiste en un abuso de poder por los integrantes del estado, ejercer con intereses personales y realizan actos contrarios a la razón y a la justicia. Esas violaciones son disfrazadas en su mayoría y es difícil conseguir el restablecimiento del orden jurídico. “legalidad aparente” es decir, aparentan.
Abusa del poder sin razón sin justificación, Interés selectivo. Relacionado con los gobernantes que obran con odio, o para perjudicar a una parte.
Si la conducta va en contra del derecho natural o del derecho positivo que reconoce al derecho natural. Ej: esclavitud.
Va en contra del derecho positivo ( la norma escrita). No se ajusta a la ley. PUEDE HABER UNA NORMA INJUSTA E ILEGAL. Va en contra del derecho natural y del derecho positivo. La sociedad recompensa ese equilibrio para el bien común. Juan perturba los derechos. VON IERING – alemán “La lucha por la Justicia” – realiza un planteo de la justicia. Trata de recomponer el desequilibrio que se genera en la sociedad por incumplimiento. Por eso la lucha como actividad permanente, de reparar esos desordenes (problemas). Juego de acción y reacción FUERZA AVISO (de que si no cumplís – se aplica la ley) COERCIÓN COACCIÓN – uso efectivo de esa fuerza.
Esclavitud como institución reconocida y aceptada. La esclavitud era un castigo.
Esclavitud para los prisioneros de guerra, cuestiones de deudas. Existían procedimientos para que recuperen la libertad, llamadas MANUMISION La manumisión era el régimen del liberto y el patrono. Los esclavos tenían ciertos derechos en la sociedad. Tuvieron un gran desarrollo político. Pero no reconocimiento de derechos esenciales. Aristóteles: ZOON POLTIKON, porque todos estamos involucrados, sino es un Dios o una bestia, animal. El ser humano esta dentro de la organización social. Tenían mucha organización política, pero aceptaban la esclavitud (nacido en el ceno de una familia esclava), por ello no se consideraban personas. ROMA Esta civilización tuvo 3 etapas, su historia comenzó con la monarquía, luego paso a ser una república y luego un imperio. ETAPA DE MONARQUIA la fuente de derecho más importante eran las costumbres heredadas. La autoridad máxima EL REY, respetan las costumbres antiguas. ETAPA REPÚBLICA fuente de derecho más importante era La Ley , escrita con nombre femeninos (la ley Horacio, la ley Valeria, ponían el nombre de quien la escribía). Orden de las nociones jurídicas. Para la organización política, comienza la división de tareas, aparecen los términos de derecho público y del derecho privado, división de derechos. Momento clave de la historia - Hablan de una “RES PUBLICA” – la primera parte de república y la segunda la cual era interés de toda la comunidad, es público y hay interés de los particulares que merece una solución. ETAPA IMPERIO prevalece la fuente de derecho más importante es la doctrina (opinión de los juristas). El Emperador es la autoridad de todo, debido a que necesitaba delegar responsabilidad para que su palabra llegue a todas partes, daba un poder especial a los Juristas, estos eran obligatorios. Los juristas eran reconocidos por el emperador, él mismo les daba un poder real, lo que ellos decían era obligatorio y tenían fuerza de ley. 17
Hubo muchos intentos de recopilación de las normas, pero el más importante es el CÓDIGO DE JUSTINIANO. CODIGO DE JUSTINIANO trata de reordenar legislación que se encontraba vigente y cual no. Cuál era la que regía. (Cuando asumía un nuevo emperador dictaba una nueva constitución “constituciones imperiales”). A esa reorganización se la llamo CORPUS IURIS CIVILIS. Actualmente es el código civil antiguo, el de Vélez Sarsfield hace referencia a la obra/código de Justiniano. El CORPUS IURIS CIVILIS tenía 4 partes.
----- más adelante del siglo 14 --------- Luego apareció la escuela de los POST GLOSADORES trataban de descifrar cuál era el texto original del agregado. Desmenuzan el texto original, y se determina la idea central de lo que se quería interpretar, decir. Segunda mitad del siglo 15 termina la edad media – con el sistema de convivencia. EDAD MODERNA Comienza a formarse los primeros estados, órganos de gobierno - división de poderes, comienza la uniformidad y límites territoriales. Hay un comienzo de derecho INTERNACIONAL: surge una regulación de derecho del mar y derecho de los estados primitivos. GROSIO (sostiene el derecho natural racional) realiza una obra el Derecho de la Guerra y de la Paz. Fija principios del derecho marítimo importante. Época de revoluciones, busca explicaciones a razones de la organización de las formaciones de los países. Hay distintas teorías, llamadas TEORIAS CONTRACTUALISTAS. TEORIA CONTRACTUALISTAS Aspiraban a justificar el poder o la autoridad de los reyes. Se hizo a través de estas teorías. La idea base es la existencia de un contrato entre miembros de determinada sociedad. DISTINTAS VISIONES TOMAS HOBBES (Inglaterra) “El leviatan” explica la naturaleza humana, el hombre es el lobo de hombre (ataca a él mismo). Por naturaleza el hombre es malo, salvaje, egoísta. Necesidad de un contrato en donde se renuncia al egoísmo natural y depositan en un LIDER (la cabeza fuerte es el rey) que organice a todos. La sociedad debe aceptarlo y obedecerlo. Luego de aceptado ese contrato no hay vuelta atrás. La sociedad obedece, es un contrato social parta una sociedad organizada. No es un documento firmado, sino una teoría. JHON LOCKE (ingles) de acuerdo con el contrato social con variantes, decía que el hombre naturalmente podía compartir cosas con los demás, hay que evitar