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Orientación Universidad
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solicitud de adjudicacion de tierras, Guías, Proyectos, Investigaciones de Derecho Agrario

solicitud de adjudicacion de tierras por el inti

Tipo: Guías, Proyectos, Investigaciones

2020/2021

Subido el 05/11/2022

galimar-abreu-castro
galimar-abreu-castro 🇻🇪

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CIUDADANO:
COORDINADOR DEL INTI
SU DESPACHO.-
ASUNTO: SOLICITUD DE ADJUDICACION
Yo, ALBERTO RAMÓN SÁNCHEZ MORILLO, venezolano, mayor de edad,
titular de la cédula de identidad V-13.795.469, de este domicilio, agricultor,
comprometido con el trabajo rural, con un oficio destinado a la producción agraria
y comprometido con la agroalimentación de la nación. De conformidad con lo
establecido en el artículo 51 de la Constitución de la Republica Bolivariana de
Venezuela acudo ante usted y con el debido respeto ocurro y expongo:
CAPITULO I
DE LOS HECHOS
Es el caso ciudadano coordinado, que desde hace tiempo poseo, ocupan, cultivan y
laboran de forma pacífica e ininterrumpida, sobre un lote de terreno con fines
agrícolas, pertenecientes al Instituto Nacional de Tierras Inti, ubicada en el
ASENTAMIENTO CAMPESINO CRUCITO LOTE 5, SECTOR CARIPITAL
antiguo Fundo La Pastora, Municipio Veroes, de Doscientos Veintidós hectáreas
con un Mil Ochocientos Cincuenta Metros Cuadrados (222 ha con 1850 m2)
cuyos linderos Son: Norte: Terrenos ocupados por Carlos Pinto; Este: Teneros
ocupados Carlos Pinto y Montañas Guayabito, Este: Terrenos ocupados por
hermanos Meléndez masmuh y oeste: Terrenos ocupados por Víctor Diosis
Cabrices.
2) De conformidad con el artículo 13, de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario,
por vocación voluntaria, e indeclinable, han optado por el trabajo rural, realizando
actividades y labores en las tierras agrarias, y especialmente la producción y
desarrollo agroalimentario de la Nación, como oficio u ocupación principal; en
consecuencia, son sujetos beneficiarios de la mencionada Ley.
3) En este sentido, en la actualidad el lote de terreno se encuentra sembrado de
pasto para la alimentación de 28 semovientes entre mautes y becerras,
realizando ésta labor agrícola directa, productiva, pacifica e ininterrumpida
contribuyendo al desarrollo agroalimentario de la nación.
En este sentido, la obtención del mencionado lote de terreno versa sobre compra
de unas bienhechurías construidas sobre la parcela de terreno perteneciente al
Instituto Nacional de Tierras Inti mencionadas supra. El precio y las condiciones
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CIUDADANO: COORDINADOR DEL INTI SU DESPACHO.- ASUNTO: SOLICITUD DE ADJUDICACION Yo, ALBERTO RAMÓN SÁNCHEZ MORILLO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-13.795.469, de este domicilio, agricultor, comprometido con el trabajo rural, con un oficio destinado a la producción agraria y comprometido con la agroalimentación de la nación. De conformidad con lo establecido en el artículo 51 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela acudo ante usted y con el debido respeto ocurro y expongo: CAPITULO I DE LOS HECHOS Es el caso ciudadano coordinado, que desde hace tiempo poseo, ocupan, cultivan y laboran de forma pacífica e ininterrumpida, sobre un lote de terreno con fines agrícolas, pertenecientes al Instituto Nacional de Tierras Inti, ubicada en el ASENTAMIENTO CAMPESINO CRUCITO LOTE 5, SECTOR CARIPITAL antiguo Fundo La Pastora, Municipio Veroes, de Doscientos Veintidós hectáreas con un Mil Ochocientos Cincuenta Metros Cuadrados (222 ha con 1850 m2) cuyos linderos Son: Norte: Terrenos ocupados por Carlos Pinto; Este: Teneros ocupados Carlos Pinto y Montañas Guayabito, Este: Terrenos ocupados por hermanos Meléndez masmuh y oeste: Terrenos ocupados por Víctor Diosis Cabrices.

  1. De conformidad con el artículo 13, de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, por vocación voluntaria, e indeclinable, han optado por el trabajo rural, realizando actividades y labores en las tierras agrarias, y especialmente la producción y desarrollo agroalimentario de la Nación, como oficio u ocupación principal; en consecuencia, son sujetos beneficiarios de la mencionada Ley.
  2. En este sentido, en la actualidad el lote de terreno se encuentra sembrado de pasto para la alimentación de 28 semovientes entre mautes y becerras, realizando ésta labor agrícola directa, productiva, pacifica e ininterrumpida contribuyendo al desarrollo agroalimentario de la nación. En este sentido, la obtención del mencionado lote de terreno versa sobre compra de unas bienhechurías construidas sobre la parcela de terreno perteneciente al Instituto Nacional de Tierras Inti mencionadas supra. El precio y las condiciones

de pago de las mencionadas bienhechurías quedó establecido en documento privado suscrito por mi persona y las ciudadanas OBDALIA FREITEZ ALVARADO y BELKIS FREITEZ ALVARADO, venezolanas, mayores de edad, titulares de la cedulas de identidad numero V-7.559.169 y V-7.582.307, y estando como testigo el ciudadano OVIDIO MORA VERGARA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V- 5.201.548, el cual puede dar fe de la venta.

  1. En consecuencia de lo manifestado, es que acudo ante éste coordinación con el objeto de que se me garantice la seguridad alimentaria de la población y velar por el mantenimiento de la agroalimentación. Pido a ésta digna coordinación acuerde el otorgamiento del TITULO DE GARANTÍA DE PERMANENCIA SOCIALISTA AGRARIA Y CARTA DE REGISTRO AGRARIO para asegurar la no interrupción de la producción agropecuaria. CAPITULO II FUNDAMENTOS DEL DERECHO En cuanto la competencia, la Ley de Tierras y desarrollo agrario, señala: Artículo 117 Corresponde al instituto Nacional de Tierras (INTI)
  1. (…) 13 Revocar el acto que declaro la garantía de permanencia cuando esté plenamente demostrado que los supuestos que le dieron origen a su reconocimiento han cesado (…) La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela que establece: Artículo 305. “El Estado promoverá la agricultura sustentable como base estratégica del desarrollo rural integral, a fin de garantizar la seguridad alimentaria de la población ; entendida como la disponibilidad suficiente y estable de alimentos en el ámbito nacional y el acceso oportuno y permanente a éstos por parte del público consumidor. La seguridad alimentaria se alcanzará desarrollando y privilegiando la producción agropecuaria interna, entendiéndose como tal la proveniente de las actividades agrícola, pecuaria, pesquera y acuícola. La producción de alimentos es de interés nacional y fundamental para el desarrollo económico y social de la Nación.(…)” La Ley de Tierras y desarrollo agrario, señala :