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Técnica Legislativa: El Arte de Redactar Leyes Claras y Eficaces, Apuntes de Derecho Constitucional

La técnica legislativa es una parte fundamental del derecho parlamentario que consiste en el arte de legislar clara y eficazmente. A finales del siglo xx, se destacan en alemania como elementos esenciales de la técnica legislativa las directrices, cuestionarios o checklisten. El objetivo principal de la técnica legislativa y cómo contribuye al derecho a la seguridad jurídica. Además, se presentan las formas de obtener la nacionalidad ecuatoriana.

Qué aprenderás

  • ¿Cómo se obtiene la nacionalidad ecuatoriana?
  • ¿Cómo contribuye la Técnica Legislativa al derecho a la seguridad jurídica?
  • ¿Qué es la Técnica Legislativa y qué objetivo principal tiene?

Tipo: Apuntes

2018/2019

Subido el 22/05/2019

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TÉCNICA LEGISLATIVA
En todo este proceso tiene un rol preponderante la Técnica Legislativa que es parte del
Derecho Parlamentario y que consiste en el arte de legislar clara y eficazmente; tiene
por objeto la unidad y coherencia del ordenamiento jurídico; la calidad, la publicidad y
la viabilidad de la norma
A finales del siglo XX, desde Alemania se destacan como elementos esenciales de la
Técnica Legislativa las directrices, cuestionarios o checklisten, elementos que son
adoptados en otros países y a organizaciones internacionales y supranacionales, entre
otras, la Unión Europea, se ubica a la Técnica Legislativa en el espacio propicio dentro
del proceso de la formación de la ley. Y ubicarla en el sitial que le corresponde, es
reconocerla como uno de los pilares fundamentales de una buena práctica legislativa.
El objetivo principal de la técnica legislativa está encaminado a construir una
herramienta que sea de utilidad práctica, teórica y conceptual, en procura de una mejor
calificación de los actores involucrados en el trabajo parlamentario que no son
únicamente los legisladores, son los funcionarios, asesores, periodistas que cubren la
actividad en el recinto legislativo y expertos que hacen opinión sobre el trabajo que
desarrolla, en nuestro caso, la Asamblea Nacional.
La Técnica Legislativa por sola, no constituye la herramienta que precisan los
parlamentos para garantizar la eficiente gestión que de ella demanda la ciudadanía. “El
objetivo de la técnica legislativa no es sólo la buena redacción de las leyes, sino que
incide directamente en la unidad y coherencia del ordenamiento jurídico; así como en la
calidad, la publicidad y la viabilidad de las normas”
Así se contribuye al derecho a la seguridad jurídica cuyo fundamento es el respeto a la
Constitución y la existencia de normas jurídicas previas, claras, públicas y aplicadas por
las autoridades competentes. La Función Legislativa ecuatoriana, a lo largo de su
historia ha legislado apoyada en técnica legislativa aplicada en otros países, cuya
influencia ha sido determinante a la hora de construir nuestros propios manuales
(Santillán, 2009).
FORMAS PARA OBTENER LA NACIONALIDAD ECUATORIANA
Art. 7.- Son ecuatorianas y ecuatorianos por nacimiento:
1. Las personas nacidas en el Ecuador.
2. Las personas nacidas en el extranjero de madre o padre nacidos en el Ecuador; y sus
descendientes hasta el tercer grado de consanguinidad.
3. Las personas pertenecientes a comunidades, pueblos o nacionalidades reconocidos
por el Ecuador con presencia en las zonas de frontera.
Art. 8.- Son ecuatorianas y ecuatorianos por naturalización las siguientes personas:
1. Las que obtengan la carta de naturalización.
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¡Descarga Técnica Legislativa: El Arte de Redactar Leyes Claras y Eficaces y más Apuntes en PDF de Derecho Constitucional solo en Docsity!

TÉCNICA LEGISLATIVA

En todo este proceso tiene un rol preponderante la Técnica Legislativa que es parte del Derecho Parlamentario y que consiste en el arte de legislar clara y eficazmente; tiene por objeto la unidad y coherencia del ordenamiento jurídico; la calidad, la publicidad y la viabilidad de la norma

A finales del siglo XX, desde Alemania se destacan como elementos esenciales de la Técnica Legislativa las directrices, cuestionarios o checklisten, elementos que son adoptados en otros países y a organizaciones internacionales y supranacionales, entre otras, la Unión Europea, se ubica a la Técnica Legislativa en el espacio propicio dentro del proceso de la formación de la ley. Y ubicarla en el sitial que le corresponde, es reconocerla como uno de los pilares fundamentales de una buena práctica legislativa.

El objetivo principal de la técnica legislativa está encaminado a construir una herramienta que sea de utilidad práctica, teórica y conceptual, en procura de una mejor calificación de los actores involucrados en el trabajo parlamentario que no son únicamente los legisladores, son los funcionarios, asesores, periodistas que cubren la actividad en el recinto legislativo y expertos que hacen opinión sobre el trabajo que desarrolla, en nuestro caso, la Asamblea Nacional.

La Técnica Legislativa por sí sola, no constituye la herramienta que precisan los parlamentos para garantizar la eficiente gestión que de ella demanda la ciudadanía. “El objetivo de la técnica legislativa no es sólo la buena redacción de las leyes, sino que incide directamente en la unidad y coherencia del ordenamiento jurídico; así como en la calidad, la publicidad y la viabilidad de las normas”

Así se contribuye al derecho a la seguridad jurídica cuyo fundamento es el respeto a la Constitución y la existencia de normas jurídicas previas, claras, públicas y aplicadas por las autoridades competentes. La Función Legislativa ecuatoriana, a lo largo de su historia ha legislado apoyada en técnica legislativa aplicada en otros países, cuya influencia ha sido determinante a la hora de construir nuestros propios manuales (Santillán, 2009).

FORMAS PARA OBTENER LA NACIONALIDAD ECUATORIANA

Art. 7.- Son ecuatorianas y ecuatorianos por nacimiento:

  1. Las personas nacidas en el Ecuador.
    1. Las personas nacidas en el extranjero de madre o padre nacidos en el Ecuador; y sus descendientes hasta el tercer grado de consanguinidad.
  2. Las personas pertenecientes a comunidades, pueblos o nacionalidades reconocidos por el Ecuador con presencia en las zonas de frontera.

Art. 8.- Son ecuatorianas y ecuatorianos por naturalización las siguientes personas:

  1. Las que obtengan la carta de naturalización.
  1. Las extranjeras menores de edad adoptadas por una ecuatoriana o ecuatoriano, que conservarán la nacionalidad ecuatoriana mientras no expresen voluntad contraria.
    1. Las nacidas en el exterior de madre o padre ecuatorianos por naturalización, mientras aquéllas sean menores de edad; conservarán la nacionalidad ecuatoriana si no expresan voluntad contraria.
  2. Las que contraigan matrimonio o mantengan unión de hecho con una ecuatoriana o un ecuatoriano, de acuerdo con la ley.
  3. Las que obtengan la nacionalidad ecuatoriana por haber prestado servicios relevantes al país con su talento o esfuerzo individual.

Quienes adquieran la nacionalidad ecuatoriana no estarán obligados a renunciar a su nacionalidad de origen. La nacionalidad ecuatoriana adquirida por naturalización se perderá por renuncia expresa (ECUADOR, 2008).

Bibliografía ECUADOR, C. D. (20 de Octubre de 2008). CONSTITUCION DE LA REPUBLICA DEL ECUADOR 2008. Obtenido de https://www.oas.org/juridico/pdfs/ mesicic4_ecu_const.pdf

Santillán, P. (10 de Noviembre de 2009). La Técnica Legislativa en el Parlamento. Obtenido de GRUPO NACIONAL DE TRABAJO: https:// www.participacionciudadana.org/papers/ T%C3%A9cnicaLegislativaParlamento.pdf