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Ensayo teoría del estado evolución
Tipo: Monografías, Ensayos
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Reflexionando sobre las ideas jurídicas en nuestros tiempos, reflexiono sobre su surgimiento, sobre el espíritu de la filosofía jurídica, es remontarme al pensamiento griego como estructura medular, a la esencia de la justicia y de la legalidad de acuerdo al enfoque de cada época, es hablar del nacimiento y desarrollo del Derecho. Son interesantes e impresionantes las evoluciones de las ideas jurídicas a lo largo de la historia y su complejidad plasmadas en la concepción de lo que actual mente representa el derecho. En el presente ensayo se pueden enumerar y plasmar todos los pensamientos, conceptos y enfoques de divinidad, justicia, igualdad, derecho, así como a sus exponentes (Platón, Aristóteles, Cicerón, San Agustín, Santo Tomas, Kant, Rosseau, Montesquieu, Marx etc.) para aterrizar en lo que es el derecho desde la antigüedad hasta la modernidad, sin embargo el punto es tener presente el espíritu, la esencia de cómo nace el derecho, la función de la filosofía para su formación y surgimiento, sus antecedentes, que hoy en día apreciamos de forma vaga enfocándonos a lo que es un imperativo categórico olvidándonos de los principios de justicia e igualdad de origen moral para estar en un ámbito de legalidad neta. Porque olvidarse de esa esencia implícita en el derecho, cuando se debe procurar el apego a los valores, no a los desvalores; buscar el bien común, la paz, la verdad, la seguridad jurídica, el orden y la justicia. ULPIANO lo define: “JUSTICIA es la constante y perpetua voluntad de dar a cada quien lo que merece Posiblemente la mayoría piensa que actualmente todo está dicho respecto a la vida jurídica y su entorno, esto debido al cerrado mundo de la legalidad y la gama innumerable de legislaciones, se piensa que ya no se tiende que indagar, que buscar respuestas, que cuestionarse, se olvidan o más bien pretenden excluir prácticamente la filosofía del derecho cayendo en el escepticismo jurídico, cuando lo que la filosofía jurídica busca es explicar el fenómeno del derecho dentro de una visión totalizada del mundo social, examinar los problemas jurídicos fundamentales.
constituido por obras y actividades en las que se trata de realizar determinados valores, y el agente de realización de esos valores es el hombre. Sin lugar a dudas el derecho va intrínsecamente ligado a la filosofía, ya que el Derecho se refiere a problemas de comportamiento humano y este se halla relacionado con la vida y la misión del hombre, por esta vía llega también la filosofía a plantearse las interrogantes radicales sobre lo jurídico. Sin embargo, dentro de este polémico análisis o visión de lo filosófico y lo jurídico, encontramos que hay ciertas teorías o corrientes como es el caso del positivismo, que se contrapone a la apreciación o concepción filosófica que se tenga del derecho traducida, así como parte del escepticismo jurídico. Este tipo de confrontación trae como resultado el estudio de las diferencias e interrelación de la filosofía y el derecho. Desde el empirismo y pasando por el positivismo, El Derecho fue proclamado ciencia jurídica. Frente a la independencia del derecho y la moral, se pretendía elaborar una ciencia autónoma del deber ser. El derecho natural se presentaba como un mínimo moral que reivindicaba la persona humana. Innumerables debates se han sostenido con ánimo de delimitar los alcances del derecho. Sin embargo, se descuidó lo que resultaba más importante: la esencia del derecho. Pues a medida que se nos brindaban herramientas para transformar su significado, las circunstancias históricas obligaban a una permanente redefinición del concepto. Al igual que el hombre, el mundo jurídico se nutre de hechos y circunstancias. El kantismo y el positivismo habrían originado en los filósofos contemporáneos una reacción anti-idealista y anti-positivista. La moral pierde su ardua batalla y el derecho, al despojarse de sus valores, cambia completamente transformándose así en una especie de imperativo categórico. Lamentablemente, olvidamos que “el derecho, distinto de la moral por su contenido, se halla, consiguientemente, unido a ella por un doble vínculo: La moral es el fundamento sobre el cual descansa la validez del Derecho, porque el hacer posible la moral constituye una meta del orden jurídico”.
A través de una prudente investigación y búsqueda de tal essentia iuris, ha sido posible determinar que efectivamente existe una noción universal en donde se engloban todas las manifestaciones de lo jurídico que supone una base indiscutible del sentido ontológico del Derecho. Este principio esencial, el cual abarca dentro de sí todos los derechos que ha habido y son en el mundo, se llama “Justicia”. La Justicia es el principio fundamental de la moralidad, virtud entendida como la aplicación escrupulosa de las normas que regulan las relaciones de los individuos o grupos de individuos en cuanto partes del todo social. Ahora bien, esta virtud tiene como objeto el Derecho. El derecho objetivo supone un derecho subjetivo de la persona o sociedad a quien se debe y que implica en los demás, la obligación moral a acatarlo. Finalmente, el derecho natural y la ley natural son las que confieren el derecho objetivo y subjetivo. La virtud de la Justicia, entonces inclina de un modo permanente a las personas a dar a cada uno su derecho. Cuando las distintas formas de Justicia cumplen su objeto, dando a cada uno – personas, familias, sociedades intermedias y comunidad política- lo que le es debido, su derecho, todos los sectores el Estado cumplen su misión y están orgánica y jerárquicamente ubicados en el cuerpo social y, por eso mismo, se logra el bien de la comunidad: El Bien Común. En la preeminencia del derecho, encontramos el riguroso cumplimiento de las normas y no un verdadero espíritu de igualdad y justicia. El Derecho, elevado al carácter de ciencia, se alzó contra la moral y la religión. El derecho rige únicamente las relaciones del individuo con sus semejantes, el Derecho prohíbe dañar los intereses ajenos, aunque excepcionalmente prescribe hacer el bien, las reglas del Derecho están sancionadas por el poder público, que, en ocasiones, emplea la fuerza para hacerlas cumplir, y finalmente, las reglas del Derecho no obligan si no han sido dictadas, promulgadas y sancionadas por el poder público.
actitudes que, a raíz de ellas, siente la necesidad de que sea tomada por las manos de la ley mediante normas coactivas. Para los iusnaturalistas solo las normas con intrínseca validez ideal merecen el nombre de derecho. Los positivistas en el derecho ven solo el conjunto de mandatos emitidos por el poder público o el conjunto de normas que tienen una validez formal dentro del sistema del orden jurídico positivo. El derecho es el conjunto de normas humanas, elaboradas por los hombres en una situación histórica, apoyadas e impuestas por el poder público, normas con las cuales se aspira a realizar unos valores. El derecho es obra humana, uno de los productos de la cultura, de forma normativa y con vigencia dada por el poder público, obra humana que aspira a realizar en la vida social determinados valores. El iusnaturalismo se funda en los principios de la humanidad y la lealtad con el ser. Estos principios nacen con el ser humano y se van desarrollando acorde a la evolución de la sociedad. El positivismo siempre trata de excluir estas bases porque posee una estructura jurídica, más sin embargo es necesario tomar en cuenta las raíces que sustentan y lo anteceden como lo es el iusnaturalismo. El ius naturalismo se sustenta en una serie de principios, valores, criterios y normas, que persiguen como fines axiológicos, la bondad y la justicia; su eje fundamental gira alrededor de la persona humana, para lo cual, se crea y nace para los seres humanos. El ius positivismo se sustenta en las normas jurídicas que crea el Estado por conducto del legislador, conjunto de proposiciones normativas coactivas, carentes de todo juicio de valor, coherente y sin lagunas. El derecho no sólo debe practicarse en la realidad, sino también, debe desarrollar las ideas que nos permitan comprender y ordenar esa realidad, la existencia real e intelectual del derecho, no debe pasar por alto, su contenido espiritual, sin el cual, haría del derecho, algo inhumano. El centrase en el ius naturalismo y el ius positivismo, es porque estas corrientes jurídicas orientan a las demás, y son la base de referencia primordial para explicar y comprender de forma clara la esencia del derecho y su pilar filosófico.
El Iusnaturalismo es una teoría que recalca que los seres humanos provenimos de una naturaleza y aunque tratemos de escapar de ella, esta nos inculca el Derecho Positivo, entendido como no solo como norma Jurídica, sino también en la parte humana entendido como la espiritualidad. En síntesis, el iusnaturalismo jurídico, hace referencia al origen natural del derecho, es decir, Sócrates, Platón, Aristóteles, allí es donde comienza, con ello se habla sobre el origen de las cosas y su naturaleza Platón habla de que las cosas tienen impregnado en su ser como deben ser, que está en su perfección en el mundo de las ideas. Los hombres pueden acceder a la perfección por medio de la razón indagando en su interior, para llegar al mundo de las ideas. Aristóteles complementa la idea de Platón, en fin, el ius naturalismo es el derecho que viene de la naturaleza, que es común para todos los pueblos, como no matar, el ius positivismo se origina con la revolución del método científico, donde juristas se empecinan en sistematizar el derecho, en códigos y demás. La filosofía pretende conocer la totalidad de un hecho fenoménico, pero no solo en la totalidad del hecho en sí, sino en la esencia, en lo que va a permanecer siempre. Partiendo desde la esencia de la persona humana podemos arribar a una respuesta favorable al derecho. No nos podemos mostrar escépticos a las ideas y pensamientos que dieron origen y que han ido evolucionando a lo largo de la historia hasta nuestros días dando como producto la concepción de Derecho, tales pensamientos e ideas partieron de los valores, de lo bueno y lo malo, de lo justo y de lo injusto, de la naturaleza, de la divinidad. Finalmente se puede decir que de acuerdo a las necesidades de regulación de las conductas del ser humano hoy en día, así como a la ausencia de la práctica de valores en nuestra sociedad, es importante enfatizar que el derecho positivo como tal ha contribuido al orden jurídico social, sin embargo no hay que olvidar la influencia moral social que lo impulso, el espíritu y esencia del mismo. No se pretende negar la realidad de la problemática social y pensar en un mundo jurídico ideal e irracional, no se pretende retroceder a los logros y avances que ha