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información del seguro social en mexico desde su creacion hasta sus usos
Tipo: Apuntes
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¡No te pierdas las partes importantes!
El seguro social fue creado el 19 de enero de 1943 se emitió la Ley del Seguro
Social, creándose así el Instituto Mexicano del Seguro Social, con la finalidad garantizar el derecho humano a la salud, para la protección ante contingencias
económicas y sociales debido a la pérdida del pago consecuente a enfermedades, maternidad, riesgos en el trabajo, invalidez, vejez y muerte, incluye la asistencia
medica.
La seguridad social se encuentra encaminada a la protección y mejoramiento de
los niveles de bienestar de las personas trabajadoras y sus familias.
la Declaración Universal de los Derechos Humanos, en su artículo 22, que señala:
“Toda persona, como miembro de la sociedad, tiene derecho a la seguridad social, y a obtener, mediante el esfuerzo nacional y la cooperación internacional, habida cuenta de la organización y los recursos de cada Estado, la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales, indispensables a su dignidad y al libre desarrollo de su personalidad”.
En la actualidad México cuenta con varios sistemas de seguridad social, de los cuales destacan dos instituciones públicas que proveen seguridad social:
De forma obligatoria para las personas que se encuentran vinculadas a otras por una relación de trabajo, las y los socios de sociedades cooperativas, y las personas que determine el Ejecutivo Federal a través del Decreto respectivo.
De forma obligatoria para las personas trabajadoras de los Poderes de la Unión
(Ejecutivo, Legislativo, Judicial e Institutos Autónomos), en materia Federal, así
como para la Ciudad de México.
Para las personas trabajadoras de los Estados, siempre y cuando exista
convenio entre el estos y el ISSSTE.
El Seguro Social comprende:
I. El régimen obligatorio: El obligatorio es aquel al que tienen derecho los trabajadores u otros sujetos que deben ser afiliados de manera forzosa atendiendo a alguna disposición legal (por ejemplo los socios de las sociedades cooperativas).
II. El régimen voluntario: este corresponde a personas con una relación laboral pero sin ser obligatoria su afiliación (servicio doméstico, trabajadores de ayuntamientos) además de las familias o personas sin una relación de trabajo. En este caso estas personas celebran un convenio con el Instituto pagando una cuota con la finalidad de obtener los servicios que ésta brinda.
Estas son algunas de las acciones que pueden hacerte acreedor de multas e infracciones ante el IMSS:
Una de las consecuencias es entrar en conflicto con las autoridades correspondientes en caso de que recibas una denuncia de alguno de tus trabajadores. En ese caso, tendrás no sólo que pagar la multa, sino también contratar abogados y pagarles dependiendo del servicio o trámite que requieras.
Como patrón, eres el responsable solidario (o responsable legal) de tu empleado, en caso de que éste sufra algún accidente y no esté incorporado al Seguro Social, no tendrá los servicios médicos del Instituto. De ser así, se te obligará a pagar costos elevados por no haber hecho los trámites legales correspondientes y haber privado a tu trabajador de sus derechos laborales.