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Orientación Universidad
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todo sobre el seguro social, Apuntes de Finanzas y Comercio Internacional

información del seguro social en mexico desde su creacion hasta sus usos

Tipo: Apuntes

2018/2019

Subido el 31/03/2019

franciscopriego
franciscopriego 🇲🇽

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SEGURO SOCIAL
El seguro social fue creado el 19 de enero de 1943 se emitió la Ley del Seguro
Social, creándose así el Instituto Mexicano del Seguro Social, con la finalidad
garantizar el derecho humano a la salud, para la protección ante contingencias
económicas y sociales debido a la pérdida del pago consecuente a enfermedades,
maternidad, riesgos en el trabajo, invalidez, vejez y muerte, incluye la asistencia
medica.
La seguridad social se encuentra encaminada a la protección y mejoramiento de
los niveles de bienestar de las personas trabajadoras y sus familias.
la Declaración Universal de los Derechos Humanos, en su artículo 22, que señala:
“Toda persona, como miembro de la sociedad, tiene derecho a la seguridad
social, y a obtener, mediante el esfuerzo nacional y la cooperación
internacional, habida cuenta de la organización y los recursos de cada Estado,
la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales,
indispensables a su dignidad y al libre desarrollo de su personalidad”.
¿Quién tiene a cargo la seguridad social?
En la actualidad México cuenta con varios sistemas de seguridad social, de los
cuales destacan dos instituciones públicas que proveen seguridad social:
El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).
De forma obligatoria para las personas que se encuentran vinculadas a otras
por una relación de trabajo, las y los socios de sociedades cooperativas, y las
personas que determine el Ejecutivo Federal a través del Decreto respectivo.
Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado
(ISSSTE).
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SEGURO SOCIAL

El seguro social fue creado el 19 de enero de 1943 se emitió la Ley del Seguro

Social, creándose así el Instituto Mexicano del Seguro Social, con la finalidad garantizar el derecho humano a la salud, para la protección ante contingencias

económicas y sociales debido a la pérdida del pago consecuente a enfermedades, maternidad, riesgos en el trabajo, invalidez, vejez y muerte, incluye la asistencia

medica.

La seguridad social se encuentra encaminada a la protección y mejoramiento de

los niveles de bienestar de las personas trabajadoras y sus familias.

la Declaración Universal de los Derechos Humanos, en su artículo 22, que señala:

“Toda persona, como miembro de la sociedad, tiene derecho a la seguridad social, y a obtener, mediante el esfuerzo nacional y la cooperación internacional, habida cuenta de la organización y los recursos de cada Estado, la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales, indispensables a su dignidad y al libre desarrollo de su personalidad”.

¿Quién tiene a cargo la seguridad social?

En la actualidad México cuenta con varios sistemas de seguridad social, de los cuales destacan dos instituciones públicas que proveen seguridad social:

  • El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).

De forma obligatoria para las personas que se encuentran vinculadas a otras por una relación de trabajo, las y los socios de sociedades cooperativas, y las personas que determine el Ejecutivo Federal a través del Decreto respectivo.

  • Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE).

De forma obligatoria para las personas trabajadoras de los Poderes de la Unión

(Ejecutivo, Legislativo, Judicial e Institutos Autónomos), en materia Federal, así

como para la Ciudad de México.

Para las personas trabajadoras de los Estados, siempre y cuando exista

convenio entre el estos y el ISSSTE.

¿Qué seguros ampara la Ley del Seguro Social y la Ley del

Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores

del Estado?

  • Riesgos de trabajo (accidente o enfermedad de trabajo);
  • Enfermedades y maternidad; (atención médica y pago de incapacidades);
  • Invalidez (enfermedad general que le impida laboral);
  • Vida (muerte del asegurado);
  • Retiro, cesantía en edad avanzada y vejez (pensión por edad y años cotizados); y
  • Guarderías y prestaciones sociales.

¿Cuántos tipos de regímenes existen del seguro social?

El Seguro Social comprende:

I. El régimen obligatorio: El obligatorio es aquel al que tienen derecho los trabajadores u otros sujetos que deben ser afiliados de manera forzosa atendiendo a alguna disposición legal (por ejemplo los socios de las sociedades cooperativas).

II. El régimen voluntario: este corresponde a personas con una relación laboral pero sin ser obligatoria su afiliación (servicio doméstico, trabajadores de ayuntamientos) además de las familias o personas sin una relación de trabajo. En este caso estas personas celebran un convenio con el Instituto pagando una cuota con la finalidad de obtener los servicios que ésta brinda.

¿Qué obligaciones tiene el patrón?

Estas son algunas de las acciones que pueden hacerte acreedor de multas e infracciones ante el IMSS:

  • No registrarte en el IMSS como patrón
  • No inscribir a tus trabajadores al Seguro Social o no hacerlo dentro de las fechas establecidas
  • No comunicar al Instituto que modificaste el salario de tus trabajadores
  • Entregar avisos, formularios o comprobantes de afiliación falsos
  • (^) Inexistencia de registros de nómina
  • Registrar el salario de tus empleados como menor al real

Denuncias de tus trabajadores

  • Por no afiliarlos al IMSS

Una de las consecuencias es entrar en conflicto con las autoridades correspondientes en caso de que recibas una denuncia de alguno de tus trabajadores. En ese caso, tendrás no sólo que pagar la multa, sino también contratar abogados y pagarles dependiendo del servicio o trámite que requieras.

  • Por incidentes

Como patrón, eres el responsable solidario (o responsable legal) de tu empleado, en caso de que éste sufra algún accidente y no esté incorporado al Seguro Social, no tendrá los servicios médicos del Instituto. De ser así, se te obligará a pagar costos elevados por no haber hecho los trámites legales correspondientes y haber privado a tu trabajador de sus derechos laborales.