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Trabajo, hechos de una demanda, Taller., Ejercicios de Teoría de la Argumentación Jurídica

MODELO REALIZADO PARA LA ACTIVIDAD DE REDACTAR LOS HECHOS DE UNA DEMANDA.

Tipo: Ejercicios

2019/2020

Subido el 13/10/2020

pamela-morales-de-garro
pamela-morales-de-garro 🇦🇷

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PAMELA MORALES
COMISIÓN: C1
HECHOS
El día 21 de noviembre del año 2019, a las 09.30 hs aproximadamente, la Sra. Belen
Nazarena Secco, con DNI 37979001, con domicilio en Chacabuco 1095, localidad de José C.
Paz, Provincia de Buenos Aires. Circulaba, con sentido mano izquierda, por la calle Buttler al
2200, de la misma localidad, en su automóvil, Corsa Classic, dominio PDM 290, acompañada
por su hijo, menor de edad, con destino al Polideportivo de San Miguel. Mientras avanzaban
por Buttler, pero esta vez esquina Uspallata al 3000, donde esperaban el cambio del
semáforo para continuar el viaje, fue embestida por otro automóvil, modelo Peugeot 206,
dominio LJO 352, conducido por el Sr. Raul Carlos Lopez, DNI 33785462, domicilio Mitre
352, San Miguel. Este presta servicio para la empresa privada de correo postal OCA
(Organización Coordinadora Argentina).
El Sr. Lopez circulaba por la calle Uspallata, superando el límite de velocidad, sin advertir
que el semáforo estaba en rojo, impacta fuertemente el vehículo de mi defendida, provocando
daños materiales y físicos; destruyendo puerta, paragolpes, faros y vidrios (de parabrisas y
puertas) del lado derecho. En consecuencia, el hijo de mi clienta recibió directamente el
golpe, causando múltiples cortaduras por los cristales, fractura en su brazo derecho y lesiones
en la pierna derecha, por el impacto de la trompa del Peugeot 206 hacia la puerta del Corsa
Classic, perteneciente a la Sra. Secco. Fueron atendidos por el personal de salud y derivados
rápidamente al hospital Larcade de San Miguel. Gracias a la hora en que se efectuó el hecho
no circulaban otros automóviles, no se produjeron daños colaterales a otros vehículos.
Prontamente efectivos de la policía bonaerense se hicieron presentes en el lugar , realizando
las pericias y labrando las actas correspondientes sobre el siniestro, solicitando a los
transeúntes la colaboración como testigos.
Las señoras Sabrina Geraldine Morales, DNI 34222698, y Roxana Anahi Luna, DNI
21531447, estaban en el lugar circunstancialmente, ya que se disponían a cruzar y
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¡Descarga Trabajo, hechos de una demanda, Taller. y más Ejercicios en PDF de Teoría de la Argumentación Jurídica solo en Docsity!

PAMELA MORALES

COMISIÓN: C

HECHOS

El día 21 de noviembre del año 2019, a las 09.30 hs aproximadamente, la Sra. Belen Nazarena Secco, con DNI 37979001, con domicilio en Chacabuco 1095, localidad de José C. Paz, Provincia de Buenos Aires. Circulaba, con sentido mano izquierda, por la calle Buttler al 2200, de la misma localidad, en su automóvil, Corsa Classic, dominio PDM 290, acompañada por su hijo, menor de edad, con destino al Polideportivo de San Miguel. Mientras avanzaban por Buttler, pero esta vez esquina Uspallata al 3000, donde esperaban el cambio del semáforo para continuar el viaje, fue embestida por otro automóvil, modelo Peugeot 206, dominio LJO 352, conducido por el Sr. Raul Carlos Lopez, DNI 33785462, domicilio Mitre 352, San Miguel. Este presta servicio para la empresa privada de correo postal OCA (Organización Coordinadora Argentina). El Sr. Lopez circulaba por la calle Uspallata, superando el límite de velocidad, sin advertir que el semáforo estaba en rojo, impacta fuertemente el vehículo de mi defendida, provocando daños materiales y físicos; destruyendo puerta, paragolpes, faros y vidrios (de parabrisas y puertas) del lado derecho. En consecuencia, el hijo de mi clienta recibió directamente el golpe, causando múltiples cortaduras por los cristales, fractura en su brazo derecho y lesiones en la pierna derecha, por el impacto de la trompa del Peugeot 206 hacia la puerta del Corsa Classic, perteneciente a la Sra. Secco. Fueron atendidos por el personal de salud y derivados rápidamente al hospital Larcade de San Miguel. Gracias a la hora en que se efectuó el hecho no circulaban otros automóviles, no se produjeron daños colaterales a otros vehículos. Prontamente efectivos de la policía bonaerense se hicieron presentes en el lugar , realizando las pericias y labrando las actas correspondientes sobre el siniestro, solicitando a los transeúntes la colaboración como testigos. Las señoras Sabrina Geraldine Morales, DNI 34222698, y Roxana Anahi Luna, DNI 21531447, estaban en el lugar circunstancialmente, ya que se disponían a cruzar y

presenciaron el hecho. Se presentan como testigos, pudiendo dar fe de lo sucedido, agregando que el Sr. Lopez manejaba con su celular en la mano sin tener la mirada al frente. La negligencia del denunciado por transitar a velocidad excesiva , no respetando las normas de tránsito correspondientes, uso indebido del celular al manejar, y la falta de control de su vehículo, provocó un siniestro evitable. Los daños materiales, exponiendo la vida de los ocupantes del vehículo y de los peatones del lugar. La Sra. Secco, inicia la demanda por daños y perjuicios