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La Administración Pública Centralizada en México: Función y Estructura, Apuntes de Derecho

Una introducción al sistema de administración pública centralizada en México, su organización, funciones y dependencias. Se detalla la centralización administrativa, las secretarías de estado y su rol en la administración pública, y el papel de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal. Se incluyen funciones específicas de algunas secretarías como Educación Pública y Turismo.

Tipo: Apuntes

2019/2020

Subido el 24/07/2020

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División de ciencias sociales y administrativas
Licenciatura en derecho
Unidad 1: La organización de la administración y la función públicas
Unidad 1: Derecho administrativo y servicio publico
S1 actividad 1: El derecho administrativo y las secretarias de estado
Nombre: Carmen Sonia Garay Martínez
Matricula: ES1921009083
Clave: DEPPJ
Docente: Norma Adela Alvarado Hernández
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División de ciencias sociales y administrativas

Licenciatura en derecho

Unidad 1: La organización de la administración y la función públicas

Unidad 1: Derecho administrativo y servicio publico

S1 actividad 1: El derecho administrativo y las secretarias de estado

Nombre: Carmen Sonia Garay Martínez

Matricula: ES

Clave: DEPPJ

Docente: Norma Adela Alvarado Hernández

Introducción La centralización es parte de las formas de organización administrativa de la Administración Pública en México, y es a través de ella, que se lleva a cabo la coordinación eficiente de los entes que conforman dicha Administración Pública La Administración Pública es parte del Poder Ejecutivo y se ve regulada por el derecho administrativo, tanto en su organización o estructura como en su actividad (Lares 1978). Por otra parte, en el sentido objetivo, la administración pública para Garrido (1980) es “una zona de la actividad desplegada por el Poder Ejecutivo”. La Función Pública son las relaciones laborales que el Estado tiene con sus servidores públicos, quienes desempeñan las funciones señaladas por la constitución, una Ley o un reglamento. Con base en lo anterior podemos mencionar que la centralización administrativa es conducente a la unidad en relación con la ejecución de las leyes y la gestión de servicios, depositando en el titular del máximo órgano de gobierno el poder público de decisión, coacción y facultad de designar a los agentes de la administración pública. La Administración Pública Centralizada en México, respecto al ámbito federal, se encuentra bajo el mando y la dirección del titular del Poder Ejecutivo (presidente de la República), y de acuerdo con el Artículo 1o. de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, está integrada por:  La Oficina de la Presidencia de la República.  Las Secretarías de Estado.  La Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal.  Órganos Reguladores Coordinados. Respecto a las Secretarías de Estado, éstas tendrán igual rango, y sus titulares ejercerán sus funciones de acuerdo con su ámbito de competencia, formulando los proyectos de leyes, reglamentos, decretos, acuerdos, y órdenes del presidente de la República. El Artículo 26 del citado ordenamiento jurídico, el Poder Ejecutivo cuenta con las siguientes dependencias:  Secretaría de Gobernación  Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales

Desarrollo del tema

A continuación, sintetizaremos las funciones que cada dependencia de orden administrativo realiza en beneficio de la sociedad en estricto apego a la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal: Artículo 27. Es la Secretaría de Estado que coordina a los Secretarios de Estado y funcionarios de la Administración Pública Federal, presentar las iniciativas de leyes o decretos. Conducir la política interior que compete al ejecutivo, vigilar el cumplimiento de las leyes constitucionales por parte de las autoridades, coordinar con asociaciones civiles trabajos en defensa de los derechos humanos, garantizar la seguridad pública. Ser el vínculo entre el presidente de la República y los demás Poderes de la Unión (Legislativo y Judicial). Organizar, dirigir y vigilar a la Policía Federal, auxiliar al Poder Judicial de la Federación y la Procuraduría General de la República cuando lo soliciten. Participar en la atención integral a víctimas, ejecutar las penas por delitos del orden federal, administrar el sistema penitenciario federal y de justicia para adolescentes. Impulsar el consejo de Seguridad Nacional. Conducir y ejecutar el sistema Nacional de Protección civil, impulsar las políticas públicas, entre otras funciones. Actualmente a su cargo se encuentra Miguel Ángel Osorio Chong Artículo 28. A esta Secretaría le corresponde, coordinar acciones en el exterior de la Administración Pública Federal, velar en el extranjero por el buen nombre de México, dirigir la diplomacia en el extranjero, promover el comercio y turismo del país a través de sus embajadas y consulados. Guardar y usar

el Gran Sello de la Nación, actuar en asuntos relacionados con los límites de la nación y aguas internacionales. Intervenir en asuntos de extradición por conducto del Procurador General de la República. Actualmente a su cargo se encuentra Luis Videgaray Caso Artículo 29. A esta Secretaría le compete la organización, administración y activos del Ejército y Fuere Aérea, organizar el servicio militar nacional, la defensa del país en caso de guerra. La organización y conservación de cuarteles, prestar servicios de sanidad militar, adquirir, fabricar armamento, municiones y material del Ejército. Actualmente a su cargo se encuentra el Gral. Salvador Cienfuegos Zepeda. Artículo 30. Organiza, administra y maneja la Armada y sus reservas. Ejercer la soberanía en el mar territorial, espacio aéreo y costas del país, seguridad marítima y salvamento en caso de accidentes, protección marítima y portuaria. Ejercer funciones de policía marítima, dirigir el Servicio de Búsqueda y Rescate, vigilar la seguridad de navegación y vida humana en el mar. Ejercer acciones de defensa nacional, acciones de protección civil, protección y conservación del medio ambiente marino. Actualmente a su cargo se encuentra el Almirante Vidal Francisco Soberón Sanz. Artículo 31. A esta Secretaría le compete proyectar y coordinar el Plan Nacional de Desarrollo, los ingresos de la federación y entidades federativas, en base al gasto público, calcular los egresos de la federación. Formular proyectos de leyes fiscales y de ingresos de la federación, manejar la deuda pública, autorizar operaciones que utilicen crédito público. Determinar estímulos y créditos fiscales, formular la cuenta anual de la Hacienda Pública, vigilar el cumplimiento de obligaciones en materia de planeación

lagunas de jurisdicción federal, Intervenir, en la dotación de agua a los centros de población e industrias. Actualmente a su cargo se encuentra Rafael Pacchiano Alamán Artículo 33. A esta Secretaría le compete conducir y coordinar la política energética del país, ejercer los derechos de la Nación en materia de petróleo y todos los carburos, conducir y supervisar la generación de energía nuclear, la planeación energética a mediano y largo plazos. Regular y promover el desarrollo y uso de fuentes de energía alternas a los hidrocarburos, regular y expedir normas oficiales mexicanas sobre producción, comercialización, compraventa, condiciones de calidad, suministro de energía, así como en materia de energía nuclear. Fomentar y vigilar un adecuado suministro de los combustibles en el territorio nacional, Fijar la política de eficiencia energética de la industria eléctrica. Actualmente a su cargo se encuentra Pedro Joaquín Coldwell. Artículo 34. Ésta Secretaría se encarga de formular y conducir las políticas generales de industria, comercio exterior, interior, abasto y precios del país, así como de industrialización, distribución y consumo de los productos agrícolas, ganaderos, forestales, minerales y pesqueros, determinar los aranceles y fijar los precios oficiales, establecer la política de precios. Regular, orientar y estimular las medidas de protección al consumidor, coordinar y ejecutar la política nacional para crear y apoyar empresas que asocien a grupos de escasos recursos en áreas urbanas, fomentar el desarrollo del pequeño comercio rural y urbano, organizar la distribución y consumo a fin de evitar el acaparamiento. Asesorar a la iniciativa privada en el establecimiento de nuevas

industrias, promover y organizar la investigación técnico-industrial, formular y conducir la política nacional en materia minera. Actualmente a su cargo se encuentra Idelfonso Guajardo Villarreal. Artículo 35. Le compete formular, conducir y evaluar la política general de desarrollo rural, promover el empleo en el medio rural, impulsar proyectos de inversión que permitan canalizar, productivamente, recursos públicos y privados al gasto social en el sector rural, vigilar el cumplimiento y aplicar la normatividad en materia de sanidad animal y vegetal, fomentar las investigaciones agrícolas, ganaderas, avícolas, apícolas y silvícolas. Fomentar y organizar la producción económica del artesanado, de las artes populares y de las industrias familiares del sector rural, organizar y mantener al corriente los estudios económicos sobre la vida rural, fomentar la actividad pesquera. Actualmente a su cargo se encuentra José Eduardo Calzada Rovirosa Artículo 36. A esta Secretaría le compete formular y conducir las políticas y programas para el desarrollo del transporte, telecomunicaciones y radiodifusión del Gobierno Federal, regular, inspeccionar y vigilar los servicios públicos de correos y telégrafos, regular y vigilar la administración de los aeropuertos nacionales, regular y vigilar la administración del sistema ferroviario. Fijar las normas técnicas del funcionamiento y operación de los servicios públicos de comunicaciones y transportes y las tarifas para el cobro de estos, regular, promover y organizar la marina mercante, las comunicaciones y transportes por agua, administrar los puertos centralizados, construir y conservar los caminos y puentes, aeropuertos federales. Actualmente a su cargo se encuentra Gerardo Ruiz

científica y técnica, mantener al corriente el escalafón del magisterio y el seguro del maestro, otorgar becas para que los estudiantes, establecer los criterios educativos en la producción cinematográfica, de radio y televisión y en la industria editorial. Actualmente a su cargo se encuentra Aurelio Nuño Mayer Artículo 39. A esta Secretaría le compete establecer y conducir la política nacional en materia de asistencia social, servicios médicos y salubridad general, crear y administrar establecimientos de salubridad, de asistencia pública y de terapia socia, administrar los bienes y fondos que el Gobierno Federal destine para la atención de los servicios de asistencia pública, planear, normar, coordinar y evaluar el Sistema Nacional de Salud. Dictar las normas técnicas a que quedará sujeta la prestación de servicios de salud, dirigir la policía sanitaria general de la República, realizar el control higiénico e inspección sobre preparación, posesión, uso, suministro, importación, exportación y circulación de comestibles y bebidas, importación y exportación de productos biológicos, regular la higiene veterinaria. Estudiar, adaptar y poner en vigor las medidas necesarias para luchar contra las enfermedades transmisibles, establecer las normas que deben orientar los servicios de asistencia social. Actualmente a su cargo se encuentra José Narro Robles.

Artículo 40. Ésta Secretaría se encarga de vigilar la observancia y aplicación de las disposiciones relativas contenidas en el Artículo 123 y demás de la Constitución Federal, en la Ley Federal del Trabajo, coordinar la formulación y promulgación de los contratos-ley de trabajo, promover el incremento de la productividad, el desarrollo de la capacitación y el adiestramiento en y para el trabajo, establecer y dirigir el servicio nacional de empleo. Llevar el registro de las asociaciones obreras, patronales y profesionales de jurisdicción federal, dirigir y coordinar la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo, promover la cultura y recreación entre los trabajadores y sus familias. Actualmente a su cargo se encuentra Alfonso Navarrete Prid Artículo 41. Le compete organizar, impulsar, en coordinación con las autoridades estatales y municipales, la planeación y el ordenamiento del territorio nacional, formulación de políticas sobre crecimiento o surgimiento de asentamientos humanos y centros de población, regularización de la propiedad agraria y sus diversas figuras, desarrollo urbano, planeación habitacional y del desarrollo de vivienda. Administrar el Registro Agrario Nacional, conducir los mecanismos de concertación con las organizaciones campesinas, límites y deslinde de tierras ejidales y comunales, administrar los terrenos baldíos y nacionales y las demasías, planear y proyectar la adecuada distribución de la población y la ordenación territorial de los centros de población, promover y concertar programas de vivienda y de desarrollo urbano y metropolitano. Apoyar los programas de modernización de los registros públicos de propiedad, promover la construcción de obras de infraestructura y equipamiento para el desarrollo regional y urbano. Actualmente

apoyar el desarrollo de la infraestructura turística. Actualmente a su cargo se encuentra Enrique de la Madrid Cordero Artículo 43. Le compete dar apoyo técnico jurídico al Presidente de la República, someter a consideración y, en su caso, firma del Presidente de la República todos los proyectos de iniciativas de leyes y decretos que se presenten al Congreso de la Unión o a una de sus Cámaras, revisar los proyectos de reglamentos, decretos, acuerdos, nombramientos, resoluciones presidenciales y demás instrumentos de carácter jurídico, prestar asesoría jurídica en asuntos en que intervengan varias dependencias de la Administración Pública Federal, coordinar los programas de normatividad jurídica de la Administración Pública Federal, presidir la Comisión de Estudios Jurídicos del Gobierno Federal, participar, junto con las demás dependencias competentes, en la actualización y simplificación del orden normativo jurídico, representar al Presidente de la República en las acciones y controversias a que se refiere el artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los demás juicios en que el titular del Ejecutivo Federal intervenga Actualmente a su cargo se encuentra Humberto Castillejos Cervantes. S1. Actividad 2. La organización administrativa

La organización administrativa compete al Poder Ejecutivo, y a los distintos órganos del Estado, en el desempeño de su función administrativa. Serra (1977), menciona que “La unidad social del Estado se mantiene a través de las instituciones que rigen la vida cotidiana de una comunidad, (…) El desenvolvimiento institucional del Estado, se logra a través de las formas de organización administrativa” (p. 414). La organización administrativa federal se divide en dos categorías:

1. La centralización  Centralización administrativa: Los órganos que la componen se encuentran dentro de un orden jerárquico que dependen de la Administración Pública, manteniendo la unidad de acción para poder llevar a cabo sus funciones.  Desconcentración administrativa: Los órganos administrativos no se desligan del poder central, teniendo facultades exclusivas de actuación y decisión, dentro de sus propios límites. Es importante señalar que tanto los órganos centralizados, así como los desconcentrados no tienen autonomía orgánica ni financiera independientes, lo que las mantiene ligadas al poder central. Para poder conservar la unidad en la estructura administrativa, la jerarquía, los poderes de nombramiento, mando, disciplinario, decisión, vigilancia y dirimir competencias son sumamente rígidos. 2. La descentralización:  También denominadas paraestatales, por su diversificación en la coordinación administrativa. La descentralización no es independencia de acción, ya que el poder central conserva limitadamente ciertas facultades de control y vigilancia. Como diferencia entre la centralización y la descentralización como regímenes administrativos, estriba en la asignación que hace el orden jurídico de ciertas características legales a uno u otro régimen. El Artículo 45, de la Ley Orgánica de la Administración Pública, señala que son organismos descentralizados las entidades creadas por ley

organizacional que se emplea tanto en el ámbito político como en el administrativo del Estado.

3. Concentra en un punto de reunión, configurado como un ente central, la toma de decisiones del poder público. 4. Su organización jerárquica está estructurada piramidalmente, de tal manera que los órganos inferiores se obedecen a los inmediatos superiores y éstos a su vez a los de arriba. 5. El órgano supremo de la administración, conferido de la máxima autoridad, tiene una amplia potestad sobre sus subalternos a la cuales los denomina, ordena, estructura, vigila, corrige y cambia conforme a un modelo de relación jerárquica. subordinados, pero que tienen facultades específicas para resolver la materia y dentro del ámbito territorial. 3. Se les otorgan determinadas facultades de decisión y ejecución y aunque estas son limitadas, les permite actuar con mayor rapidez, eficacia y flexibilidad. 4. Las facultades que le son otorgadas no incluyen la totalidad de las atribuciones del superior jerárquico inmediato del que dependen, sino sólo una parte de éstas. 5. Las decisiones más trascendentes necesitan forzosamente de la aprobación del órgano del cual dependen. jurídica y patrimonio propios. 2. Tienen como propósito desahogar y hacer más ágil el ejercicio de las atribuciones del Gobierno Federal. 3. También estimula las relaciones entre los ciudadanos y el Estado a nivel local. 4. Expande los márgenes de gobernabilidad para reducir el conflicto social. 5. Debe procurar que el accionar público sea más cercano a los ciudadanos y responda mejor a las necesidades de estos actores sociales. 2. Son aquellas las que la mayoría todas las acciones s propiedad del estado 3. Son compañí que tienen vari subsidios estatales, por lo general s ganancias netas son repartidas a l accionistas, sino q se utilizan para fin sociales, com construcción de ví de comunicación otras cosas. 4. Como personalidad jurídi no tienen diferenc con otro tipo empresas. (Franco, 2014) 5. Deberán auxil al Gobierno Fede en el manejo de l áreas considerad por el Estado com estratégicas prioritarias. Ejemplos de dependencias que las representen (señala tres por cada una) Presidencia de la República · Secretarías.

  • Secretaría de Gobernación.
  • Secretaría de Educación Pública
  • Secretaría de Turismo. · Subsecretarias El Sistema de Administración Tributaria. · Hospitales Regionales del sistema de Salud. · La Procuraduría Federal del Trabajo. (definición legal, 2012) Comisión Federal de Electricidad. · Petróleos Mexicanos. · Banco de México Archivo General d la Nación · Casa de La Moneda de México · Instituto Mexicano de la Juventud. (Federació , 2017)

.

  • Subsecretaría de Comunicaciones.
  • Subsecretaría de Educación Pública.
  • Subsecretaría de Gobierno CONCLUSIÓN La descentralización representa de alguna manera la transmisión de funciones, facultades, recursos, toma de decisiones, a entidades, organismos, dependencias, etc., que aun cuando se encuentran de cierta manera subordinadas, mantienen su autonomía orgánica en relación con el órgano central. La creación de entidades públicas diferentes al propio Estado, en el ámbito federal como estatal, es una manera de alcanzar los objetivos relacionados con la prestación de servicios públicos encaminados al bienestar del interés social, permitiendo de esta manera darle fluidez y mayor alcance a la propia administración pública. Cabe señalar que los organismos centralizados como descentralizados administrativamente hablando, deben contener estructuras perfectamente claras, pero sobre todo útiles para alcanzar los fines del Estado, para lo cual tanto el ejecutivo Federal como los propios legisladores, deben ser capaces de visualizar hacia el futuro el desempeño que deberán alcanzar estos organismos descentralizados. Finalmente, no podemos dejar de lado que, para que el Poder Público, cumpla con sus tareas en relación con la prestación de servicios públicos, la ejecución de leyes y satisfacer las necesidades sociales, requiere de una Organización Administrativa eficiente y competente.

naturaleza en el Congreso de la Unión o en la Administración Pública Federal.

 Funcionario Público: Es un servidor del Estado, designado por disposición

de la Ley, por elección popular o por nombramiento de autoridad competente, para ocupar grados superiores de la estructura orgánica y para asumir funciones de representatividad, iniciativa, decisión y mando.

 Empleado Público: Órgano personal de la actividad administrativa, afecto a

un servicio público determinado, en cuya realización participa, con carácter permanente y profesional, mediante una retribución. Es posible distinguir, la diferencia entre estos tres conceptos, de tal forma que, en el aspecto jerárquico, de autoridad, y de representación del órgano adscrito, le compete al Funcionario Público, por estar por encima de los demás empleados y servidores públicos, sin embargo, todos ellos, realizan sus funciones acordes a las actividades que les han sido asignadas. La Función Pública, son las relaciones laborales que el Estado tiene con sus servidores públicos, quienes desempeñan las funciones señaladas por la Constitución, una Ley o un Reglamento, para el logro del interés social. Ahora bien, en relación con el concepto de servidor público y de función pública, podemos señalar los siguientes elementos entre ambos:

 Las funciones legalmente determinadas.

 La remuneración.

 El interés social.

Desarrollo del tema

Secretaría de Estado del que forma parte Institución Funcionario público superior jerárquico Cargo del servidor público Funciones específicas (fundamentar jurídicamente ¿Cómo participa en el alcance de los fines del Estado? Secretaría de la Defensa Nacional. Estado Mayor de la Defensa Nacional Secretario Soldado Actividades de auxilio a la población civil en caso de necesidades públicas, ayuda para el mantenimiento del orden, auxilio a las personas y sus bienes en la reconstrucción de las zonas afectadas. Al prestar sus servicios a la población civil, da cumplimiento al Artículo 29, fracción XIX de la LOAPF Secretaría de Salud Hospital General de México Subdirector de consulta externa Médico General Brindar consultas médicas a la población en general y en caso de ser requerido, canalizar el caso al médico especialista. Mediante su labor, cubre con los servicios médicos gratuitos universales y salubridad general que se contemplan en el Artículo 39, fracción I de la LOAPF. Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana Policía Federal División de Fuerzas Federales Policía Federal Intervenir en materia de seguridad pública, en apoyo con las autoridades competentes, en la observancia y cumplimiento de las leyes. Al realizar dicha labor, garantiza la integridad y el patrimonio de las personas y prevenir la comisión de delitos del orden federal. Esto de acuerdo con el Artículo 30 Bis, Fracción III de la LOAPF. Secretaría de Marina Zonas Navales Secretario Marino Auxilio a la población civil en los casos y zonas de desastre, de prevención y control de la contaminación del medio ambiente marino. Dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 30, fracción V, inciso b, de la LOAPF. Donde se indica que se deberá proporcionar seguridad marítima y salvamento en caso de accidentes o incidentes de embarcaciones y