Docsity
Docsity

Prepara tus exámenes
Prepara tus exámenes

Prepara tus exámenes y mejora tus resultados gracias a la gran cantidad de recursos disponibles en Docsity


Consigue puntos base para descargar
Consigue puntos base para descargar

Gana puntos ayudando a otros estudiantes o consíguelos activando un Plan Premium


Orientación Universidad
Orientación Universidad

Trasmision de las obligaciones, Apuntes de Derecho Civil

trasmision de las obligaciones

Tipo: Apuntes

2019/2020

Subido el 09/09/2020

almendra-ramirez
almendra-ramirez 🇲🇽

3.8

(4)

22 documentos

1 / 15

Toggle sidebar

Esta página no es visible en la vista previa

¡No te pierdas las partes importantes!

bg1
TRASMISIÓN DE LAS
OBLIGACIONES
LA SESIÓN DE DERECHOS Y LA SESIÓN DE DEUDAS
DERECHO CIVIL UNIVERSIDAD REGIONAL DEL NORTE
PROFESOR: LIC. WALTER QUIÑONES
ALUMNO: ALMENDRA RAMÍREZ CEDILLO
pf3
pf4
pf5
pf8
pf9
pfa
pfd
pfe
pff

Vista previa parcial del texto

¡Descarga Trasmision de las obligaciones y más Apuntes en PDF de Derecho Civil solo en Docsity!

TRASMISIÓN DE LAS

OBLIGACIONES

LA SESIÓN DE DERECHOS Y LA SESIÓN DE DEUDAS

DERECHO CIVIL UNIVERSIDAD REGIONAL DEL NORTE PROFESOR: LIC. WALTER QUIÑONES ALUMNO: ALMENDRA RAMÍREZ CEDILLO

LA SESIÓN DE DERECHOS

  • (^) OPERA CUANDO EL ACREEDOR QUE SE

CONVIERTE EN EL ¨SEDENTE¨ TRANSFIERE A

OTRO LOS DERECHOS QUE TIENE CONTRA SU

DEUDOR.

  • (^) ES EL ACUERDO ENTRE EL SEDENTE Y UN

TERCERO (QUE SE CONVERTIRÁ EN EL

CESIONARIO) MEDIANTE EL CUAL EL ACREEDOR

SEDENTE TRANSFIERE AL CESIONARIO LOS

DERECHOS QUE TENGA FRENTE A SU DEUDOR

POR QUE NO ES NECESARIO EL CONSENTIMIENTO DEL DEUDOR PARA HACER LA SESIÓN DE DERECHOS? El deudor tiene una deuda la cual está obligado a pagar y no importa si en un principio le debe a Carlos y después le debe a Ramón. Por eso no se requiere su consentimiento.

  • (^) El que no se requiera su consentimiento, no significa que no deba de notificársele, puesto que la ley exige que la sesión se notifique al deudor, ya sea judicialmente, ante Juez, ante Notario y ante dos testigos.
  • (^) Mientras no se haya hecho la notificación al deudor, este se libera pagando al acreedor originario.
  • (^) Una vez hecha la notificación el deudor no se podrá liberar hasta liquidar su adeudo con el cesionario.
  • (^) El cedente esta obligado a declarar la existencia o legitimidad del crédito, al tiempo de hacer la sesión.

LA SESIÓN DE UN CRÉDITO COMPRENDE LA DE TODOS LOS DERECHOS ACCESORIOS

  • (^) Fianza
  • (^) Hipoteca
  • (^) Prenda Son contratos de garantía o accesorios de tal manera que surgen o existen en virtud de uno principal. Al ceder yo los derechos se transmiten los accesorios por que el fiador está garantizando al deudor la hipoteca o la prenda que se hayan constituido.

EJEMPLO 2

Carolina vende un departamento a Marta en 500 mil pesos, con un enganche de 100 mil pesos, y el resto a pagar en cinco años, pero a los tres años se le presenta una oportunidad de trabajo en el extranjero y decide vender a Eduardo el saldo de los pagares restantes en un 20% menor a su valor original. Por tal motivo, Eduardo ahora se convierte en el acreedor de Marta. Cedente: Carolina Cesionario: Eduardo Deudor: Marta

LA SESIÓN DE DEUDAS La sesión de deudas consiste en que una persona sustituya a otra en su calidad de deudor, es decir, ya no te va a pagar Juan, ahora te va a pagar Manuel

EL ACREEDOR QUE ACEPTA A OTRO DEUDOR NO PUEDE REPETIR CONTRA EL PRIMERO El acreedor que exonera al antiguo deudor aceptando otro en su lugar, no puede repetir contra el primero si el nuevo se encuentra insolvente, salvo que el acreedor se haya protegido y al momento de dar su consentimiento en el documento de sesión de deudas, esté estipulado en una clausula que en caso de que el nuevo deudor no sea solvente, el primer deudor será responsable de la deuda.

NEGATIVA FICTA Cuando el deudor y el que pretenda sustituirlo fijan un plazo al acreedor para que manifieste su conformidad con la sustitución, pasado ese plazo sin que el acreedor haya hecho conocer su determinación, se presume que rehúsa, es decir, que rechaza la sesión de deudas.

EL DEUDOR SUSTITUTO PUEDE OPONER AL ACREEDOR LAS EXCEPCIONES QUE SE ORIGINEN DE LA NATURALEZA DE LA DEUDA El deudor sustituto puede oponer al acreedor las excepciones que se originen de la naturaleza de la deuda (puede ser la prescripción) y las que le sean personales (puede ser un pago parcial), pero no puede oponer las que sean personales del deudor primitivo

CESIÓN DE DEUDA

EJEMPLO 1

Carlos adquirió un automóvil a crédito en la Agencia Automotriz NISSAN S. A. , a 36 meses con cuotas fijas de 4 mil pesos, con un enganche de 30 mil pesos, sin embargo, a los dos años de haber adquirido el crédito, fue despedido de la empresa donde trabajaba motivo por el cual le fue imposible seguir cumpliendo con su obligación de pago. Por lo cual le propone a Alberto, hermano de su esposa, el traspaso de la deuda, con un pago del 40% del valor total del automóvil, una vez aceptado el traspaso, en forma conjunta dirigen una carta a la agencia automotriz NISSAN S. A. para dar a conocer la sustitución del deudor, está contesta que no tiene inconveniente, con lo cual se da por hecho la cesión de deuda. Acreedor: Agencia Automotriz NISSAN Deudor primitivo: Carlos Deudor Sustituto: Alberto