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Protocolo de Acción en Incendios en la UNED: Evacuación y Atención a Discapacitados, Apuntes de Administración de Negocios

El protocolo interior de acción en caso de incendio de la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED). El documento detalla las acciones a realizar en caso de incendio, desde la detección hasta la evacuación y atención a personas con discapacidad. Además, se incluyen instrucciones prácticas de evacuación y un formulario básico de aviso de bomba.

Tipo: Apuntes

2020/2021

Subido el 26/10/2021

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Unidad de Prevención de Riesgos Laborales
MANUAL DE ACTUACIÓN:
EQUIPOS DE EMERGENCIA
Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.
Artículo 20. Medidas de Emergencia.
El empresario, teniendo en cuenta el tamaño y la actividad de la empresa, así como la posible
presencia de personas ajenas a la misma, deberá analizar las posibles situaciones de
emergencia y adoptar las medidas necesarias en materia de primeros auxilios, lucha contra
incendios y evacuación de los trabajadores, designando para ello al personal encargado de
poner en práctica estas medidas y comprobando periódicamente, en su caso, su correcto
funcionamiento. El citado personal deberá poseer la formación necesaria, ser suficiente en
número y disponer del material adecuado, en función de las circunstancias antes señaladas.
Para la aplicación de las medidas adoptadas, el empresario deberá organizar las relaciones que
sean necesarias con servicios externos a la empresa, en particular en materia de primeros
auxilios, asistencia médica de urgencia, salvamento y lucha contra incendios, de forma que
quede garantizada la rapidez y eficacia de las mismas.
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¡Descarga Protocolo de Acción en Incendios en la UNED: Evacuación y Atención a Discapacitados y más Apuntes en PDF de Administración de Negocios solo en Docsity!

Unidad de Prevención de Riesgos Laborales

MANUAL DE ACTUACIÓN:

EQUIPOS DE EMERGENCIA

Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales. Artículo 20. Medidas de Emergencia. El empresario, teniendo en cuenta el tamaño y la actividad de la empresa, así como la posible presencia de personas ajenas a la misma, deberá analizar las posibles situaciones de emergencia y adoptar las medidas necesarias en materia de primeros auxilios, lucha contra incendios y evacuación de los trabajadores, designando para ello al personal encargado de poner en práctica estas medidas y comprobando periódicamente, en su caso, su correcto funcionamiento. El citado personal deberá poseer la formación necesaria, ser suficiente en número y disponer del material adecuado, en función de las circunstancias antes señaladas. Para la aplicación de las medidas adoptadas, el empresario deberá organizar las relaciones que sean necesarias con servicios externos a la empresa, en particular en materia de primeros auxilios, asistencia médica de urgencia, salvamento y lucha contra incendios, de forma que quede garantizada la rapidez y eficacia de las mismas.

Unidad de Prevención de Riesgos Laborales

Manual de Actuación: Equipos de Emergencia 2018

ÍNDICE

    1. INTRODUCCIÓN ÍNDICE Pag.
    1. DEFINICIONES
    1. PROTOCOLOS
    • P.1. PROTOCOLO INTERNO DE ACTUACIÓN EN CASO DE INCENDIO
    • P.2. PROTOCOLO INTERNO DE ACTUACIÓN EN CASO DE AVISO BOMBA
    • P.3. PROTOCOLO INTERNO DE ACTUACIÓN EN CASO DE ACCIDENTE-ENFERMEDAD
    • P.4. PROTOCOLO INTERNO DE ACTUACIÓN EVACUACIÓN DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD
    1. INFORMACIÓN UNIDAD DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES
    1. ADAPTACIÓN DE PROTOCOLOS
    1. DISPOSICIÓN FINAL
    1. CONSIGNAS ESPECÍFICAS DE ACTUACIÓN
    • CE.1. INSTRUCCIONES PRÁCTICAS DE EVACUACIÓN
    • CE.2. ACTUACIÓN EN CASO DE INCENDIO
    • CE.3. MANEJO DE MEDIOS MANUALES DE EXTINCIÓN
    • CE.4. PRIMEROS AUXILIOS
    • CE.5. ACTUACIÓN EN CASO DE ACCIDENTE ELÉCTRICO
    1. ESQUEMAS
    • E.1. INCENDIO
    • E.2. AVISO DE BOMBA
    • E.3. ACCIDENTE O ENFERMEDAD
    1. ANEXOS
    • A.1. DIRECTORIO DE EMERGENCIAS
    • A.2. DOCUMENTO DE REGISTRO DE AVISO DE BOMBA
    • A.3. ASISTENCIA SANITARIA EN CASO DE ACCIDENTE DE TRABAJO
    • A.4. INSTRUCCIONES DE USO SILLA EVACUACIÓN

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Manual de Actuación: Equipos de Emergencia 2018

 Para minimizar las consecuencias provocadas por un accidente o enfermedad acaecidos o puestos de manifiesto en cualquiera de los edificios o dependencias de la UNED, es fundamental asegurar una respuesta rápida y coordinada en los instantes inmediatamente posteriores a su aparición.

 En todos los casos, es preciso garantizar la asistencia que en cada caso sea necesaria para el traslado de personas con dificultades de movilidad que no puedan desalojar por sus propios medios.

El documento se completa con una serie de consignas específicas de actuación para casos de incendio, accidente eléctrico y evacuación, a las que se añaden instrucciones básicas relacionadas con el manejo de medios manuales de extinción y la aplicación de los cuidados básicos en materia de primeros auxilios.

El objetivo del presente manual es potenciar al máximo la capacidad de análisis e intervención de los Equipos de Emergencia, poniendo a su disposición las herramientas necesarias para actuar con la rapidez y la serenidad imprescindibles en este tipo de situaciones.

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Manual de Actuación: Equipos de Emergencia 2018

2. DEFINICIONES

A efectos de lo dispuesto en los protocolos de actuación en emergencias, en cada edificio se entenderá por:

1. JEFE DE EMERGENCIA

Decano de Facultad, Director de Escuela, Administrador, Gerente o Jefe de Departamento, Servicio o Unidad que, en atención a su categoría profesional y/o las funciones que le corresponde desarrollar, haya sido designado en cada edificio por la Gerencia de la UNED y oportunamente formado e informado por la Unidad de Prevención de Riesgos Laborales (en adelante, UPRL) para asegurar el adecuado desarrollo de las funciones atribuidas por los protocolos de actuación en caso de emergencia.

El Jefe de Emergencia deberá nombrar al menos un sustituto para cubrir eventuales periodos de ausencia y designar a las personas necesarias para asumir las funciones atribuidas a los Equipos de Emergencia, previa petición y con el asesoramiento de la UPRL.

2. EQUIPOS DE EMERGENCIA

Miembros de los colectivos de PDI y PAS designados por los Jefes de Emergencia para actuar en caso de incendio, aviso de bomba y accidente o enfermedad, asumiendo el conjunto de las funciones atribuidas por los protocolos de actuación en caso de emergencia, en atención a las características de los diferentes edificios, así como a la ubicación de sus puestos de trabajo en el interior de los mismos.

La UPRL proporcionará a los Equipos de Emergencia la formación, la información y el equipamiento necesarios para garantizar el adecuado desarrollo de las funciones atribuidas por los protocolos de actuación en caso de emergencia.

3. PUESTO DE VIGILANCIA

Espacio físico ubicado en las proximidades de la central de detección y alarma de incendios, equipado con el teléfono establecido para la comunicación directa de eventuales emergencias (ext. 9999) así como, en su caso, los monitores de vigilancia existentes en el edificio.

En la medida de lo posible, este puesto deberá encontrarse permanentemente atendido por un miembro del Servicio de Seguridad.

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Manual de Actuación: Equipos de Emergencia 2018

MANUAL DE ACTUACIÓN: EQUIPOS DE EMERGENCIA

3. PROTOCOLOS

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Manual de Actuación: Equipos de Emergencia 2018

1

P.

PROTOCOLO INTERNO DE ACTUACIÓN INCENDIO

SECUENCIA DE ACCIONES A SEGUIR PARA HACER FRENTE A SITUACIONES DE INCENDIO SOBRE LA BASE DEL PRINCIPIO DE PRUDENCIA Y TENIENDO EN CUENTA QUE LA ADOPCIÓN DE MEDIDAS PREVENTIVAS ES LA MEJOR PROTECCIÓN

1. PREMISA BÁSICA

La activación de la alarma acústica determinará en todos los casos la consideración de la emergencia como “real” y hará necesario el inmediato y completo desalojo del edificio afectado por parte de sus ocupantes que, en consecuencia, estarán obligados dirigirse en ese mismo momento al punto de reunión evacuando el edificio sin esperar ningún tipo de aviso ni confirmación adicional, atendiendo en todo caso las instrucciones de los Equipos de Emergencia designados al efecto.

2. COMUNICACIÓN DE LA EMERGENCIA

La detección del incendio podrá producirse de forma automática, por apreciación directa del personal o usuarios de la UNED o por comunicación de terceras personas.

2.1. DETECCIÓN AUTOMÁTICA: ALARMA ACÚSTICA ACTIVADA

La detección automática se lleva a cabo a través de las instalaciones de detección y alarma existentes en los edificios de la UNED, que hacen posible la transmisión de una señal desde el lugar donde se produce el incendio, la liberación de humos o el aumento de temperatura, hasta una central vigilada, así como la posterior transmisión de la alarma desde dicha central a los ocupantes del edificio afectado.

Dicha detección implicará en todo caso la inmediata activación de la alarma acústica del edificio y, en paralelo, comportará el envío automático, a través del Sistema de Gestión de Instalaciones de la UNED, de sendos SMS a los teléfonos móviles del Servicio de Seguridad y del Servicio de Mantenimiento, que a partir de ese momento deberán llevar a cabo las acciones atribuidas a los mismos por los protocolos de actuación en caso de emergencia.

2.2. DETECCIÓN PERSONAL: ALARMA ACÚSTICA SIN ACTIVAR

La detección personal tiene lugar cuando una o varias personas constatan de forma directa la existencia de un incendio sin hacer uso de ningún pulsador de emergencia y sin que ningún detector de incendios haya activado la alarma acústica.

En estos supuestos, se deberá avisar inmediatamente al Responsable del Puesto de Vigilancia (ext.: 9999), informando del lugar y las características del incendio, así como de cualquier otra circunstancia relevante de la que se tenga conocimiento.

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Manual de Actuación: Equipos de Emergencia 2018

 EMERGENCIA REAL

Si la emergencia se confirma, el Responsable del Puesto de Vigilancia efectuará una primera valoración del alcance del incendio y las posibilidades de controlarlo con medios propios, adoptando, en función de la magnitud del fuego, las medidas descritas a continuación:

  • CONATO DE INCENDIO CONTROLADO

Cuando en estos casos el incendio sea controlado, el Responsable del Puesto de Vigilancia deberá regresar a la central de detección y alarma para llevar a cabo alguna de las acciones a las que se ha hecho referencia al abordar la FALSA ALARMA.

  • INCENDIO DE GRAN MAGNITUD

En estos casos el Responsable del Puesto de Vigilancia deberá desplazarse al punto de reunión para informar al Jefe de Emergencia con objeto de dar aviso a los Servicios de Emergencia de la CAM (112), informando del lugar y las características del incendio, así como de cualquier otra circunstancia relevante de la que se tenga conocimiento.

Del mismo modo, con objeto de garantizar la evacuación del personal desplazado a la central de detección y alarma, el Responsable del Puesto de Vigilancia informará inmediatamente de la situación al Servicio de Mantenimiento, bien sea personalmente o a través del teléfono móvil.

En ambos casos, cuando no sea posible localizar al Jefe de Emergencia ni a los suplentes designados en cada caso, el Responsable del Puesto de Vigilancia podrá autorizar la reentrada al edificio por parte del personal evacuado (en todo caso, cuando la alarma acústica haya sido silenciada) o avisar directamente a los Servicios de Emergencia de la CAM (112), en función de la magnitud y el resto de características del incendio.

3.2 COMUNICACIÓN PERSONAL

Cuando el Responsable del Puesto de Vigilancia sea informado por alguna persona de la existencia de una emergencia y no se haya producido la activación de la alarma acústica (automáticamente mediante detectores o manualmente mediante pulsadores), deberá llevar a cabo las siguientes acciones:

1º. Desplazarse inmediatamente al lugar que le sea indicado, salvo que las condiciones existentes evidencien la situación y/o supongan un riesgo para su persona.

2º. Proceder en función de las circunstancias existentes en el lugar en el que se haya producido la incidencia:

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Manual de Actuación: Equipos de Emergencia 2018

 FALSA ALARMA

Cuando el Responsable del Puesto de Vigilancia no aprecie ninguna emergencia comunicará lo sucedido al Jefe de Emergencia del edificio, informando de las circunstancias de la incidencia así como de la persona y el medio a través del cual le fue dado el aviso.

EMERGENCIA REAL

Si la emergencia se confirma, el Responsable del Puesto de Vigilancia efectuará una primera valoración del alcance del incendio y las posibilidades de controlarlo con medios propios, adoptando, en función de la magnitud del fuego, las medidas descritas a continuación:

  • CONATO DE INCENDIO CONTROLADO

Cuando en estos casos el incendio sea controlado, el Responsable del Puesto de Vigilancia informará de lo ocurrido al Jefe de Emergencia.

  • INCENDIO DE GRAN MAGNITUD

En estos casos el Responsable del Puesto de Vigilancia deberá activar de forma inmediata el pulsador de alarma más cercano para dar inicio a la evacuación en ese mismo momento y se desplazará al punto de reunión para informar al Jefe de Emergencia con objeto de dar aviso a los Servicios de Emergencia de la CAM (112), informando del lugar y las características del incendio, así como de cualquier otra circunstancia relevante de la que se tenga conocimiento.

Del mismo modo, con objeto de garantizar la evacuación del personal desplazado a la central de detección y alarma, el Responsable del Puesto de Vigilancia informará inmediatamente de la situación al Servicio de Mantenimiento, bien sea personalmente o a través del teléfono móvil.

En este caso, cuando no sea posible localizar al Jefe de Emergencia ni a los suplentes designados en cada caso, el Responsable del Puesto de Vigilancia podrá avisar directamente a los Servicios de Emergencia de la CAM (112), en función de la magnitud y el resto de características del incendio.

4. EVACUACIÓN Y TRASLADO AL PUNTO DE REUNIÓN

Cuando se produzca la activación de la alarma acústica, los Equipos de Emergencia presentes en el edificio deberán llevar a cabo las acciones atribuidas por el presente protocolo para contribuir a su completo desalojo y velar por la seguridad de personas y bienes, de acuerdo con la formación e información proporcionada por la UPRL:

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1º. Solicitar al Responsable del Puesto de Vigilancia y los Equipos de Emergencia información sobre el lugar y las características del incendio, así como cualquier otra circunstancia relevante de la que se tenga conocimiento.

2º. Tomar una decisión, en función de las circunstancias existentes en cada caso:

AUTORIZACIÓN DE REENTRADA AL EDIFICIO

Cuando se trate de una falsa alarma o de un conato de incendio que ha podido ser controlado, el Jefe de Emergencia podrá autorizar la reentrada al edificio por parte de los ocupantes evacuados (en todo caso, cuando la alarma acústica haya sido silenciada).

AVISO A LOS SERVICIOS DE EMERGENCIA DE LA CAM

Cuando se trate de un conato de incendio que no ha podido ser controlado o de un incendio de gran magnitud, el Jefe de Emergencia deberá avisar inmediatamente a los Servicios de Emergencia de la CAM (112), informando del lugar y las características del incendio, así como de cualquier otra circunstancia relevante de la que se tenga conocimiento.

3º. En este último caso, esperar la llegada de los Servicios de Emergencia de la CAM (112) para informarles de la situación y poner a su disposición la colaboración que en su caso le sea requerida.

4º. Comunicada por los Servicios de Emergencia de la CAM (112) el final de la situación de alarma, el Jefe de Emergencia será el responsable de declarar el fin de la misma y autorizar la reentrada al edificio (en todo caso, cuando la alarma acústica haya sido silenciada).

Cuando no sea posible localizar al Jefe de Emergencia ni a los suplentes designados en cada caso, el Responsable del Puesto de Vigilancia podrá asumir las acciones atribuidas a los mismos por el presente protocolo, autorizando la reentrada al edificio por parte del personal evacuado (en todo caso, cuando la alarma acústica haya sido silenciada) o avisando directamente a los Servicios de Emergencia de la CAM (112), en función de la magnitud y el resto de características del incendio.

6. MEDIDAS DE SEGURIDAD

Al margen de las cuestiones relacionadas con la detección y posterior verificación de la existencia de un incendio, la evacuación de los ocupantes y el traslado al punto de reunión, cuando se produzca la activación de la alarma acústica en un edificio y, en consecuencia, se lleve a cabo el correspondiente desalojo del mismo, deberán tenerse en cuenta las siguientes medidas de seguridad adicionales:

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A) SILENCIADO DE ALARMAS Y REARMADO DE CENTRALES

 En el marco de lo dispuesto en el presente protocolo, las operaciones relativas al rearmado de las centrales de incendios corresponderán en exclusiva al Servicio de Mantenimiento que, con carácter general llevará a cabo de igual modo el silenciado de las alarmas acústicas, teniendo en cuenta sus diferentes horarios de permanencia en las instalaciones de la UNED:

 CAMPUS DE SENDA DEL REY Y JUAN DEL ROSAL …………………………………………..….......... 7:00 - 18:30 h.  EDIFICIO DE RECTORADO Y CENTRO DE TECNOLOGÍA ………..……………………………………… 7:00 - 15:00 h.

 Excepcionalmente, el Responsable del Puesto de Vigilancia podrá silenciar las alarmas acústicas sin esperar la llegada del Servicio de Mantenimiento en los siguientes casos:

 CAMPUS DE SENDA DEL REY Y JUAN DEL ROSAL …………………………………………..…....... 18:30 – 21:30 h.  EDIFICIO DE RECTORADO Y CENTRO DE TECNOLOGÍA^1 ……….…………………………………… 15:00 - 21:30 h.

(^1) En estos casos, entre las 15 y las 18:30 h, el Servicio de Mantenimiento se desplazará inmediatamente desde los Campus de Senda del Rey y/o Juan del Rosal para rearmar la central de incendios del edificio afectado.

 Las incidencias que eventualmente pudieran producirse a partir de las 21:30 h y durante los fines de semana y los días festivos (24 h) serán atendidas por el Servicio de Mantenimiento 24 Horas (682.918.635), que se desplazará inmediatamente al edificio afectado para proceder al silenciado de la alarma acústica y/o el rearmado de la central de incendios correspondiente.

De acuerdo con lo dispuesto en el presente protocolo, con independencia de la información disponible en cada caso sobre el origen y, en su caso, el control de la emergencia que haya provocado el desalojo de un edificio de la UNED, el Jefe de Emergencia y/o el Responsable del Puesto de Vigilancia no podrán autorizar en ningún caso la reentrada por parte de los ocupantes evacuados hasta que la alarma acústica haya sido silenciada.

B) CIERRE DE VÁLVULAS DE GASES

Con objeto de controlar las instalaciones que pueden influir en el desarrollo de la emergencia, cuando sea necesario, el Servicio de Mantenimiento procederá a cerrar manualmente las llaves de suministro de gas natural y/o de gasóleo que, en su caso, den servicio al conjunto del edificio.

Del mismo modo, los Directores de Departamentos e Institutos Universitarios de Investigación, los Jefes de Proyecto y demás responsables de estructuras docentes asimiladas , deberán asegurar el cierre manual de las llaves de los gases utilizados en las actividades docentes e

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P.

PROTOCOLO INTERNO DE ACTUACIÓN AVISO DE BOMBA

SECUENCIA DE ACCIONES A SEGUIR PARA HACER FRENTE A CUANTOS AVISOS DE BOMBA SE RECIBAN EN CADA UNO DE LOS EDIFICIOS O DEPENDENCIAS DE LA UNED Y DECIDIR, EN SU CASO, UNA EVENTUAL EVACUACIÓN

1. RECOGIDA DE DATOS

Si la amenaza de bomba se produce por conducto telefónico, el receptor de la llamada lo comunicará inmediatamente al Responsable del Puesto de Vigilancia del edificio.

Con el fin de evitar situaciones de alarma originadas por avisos falsos, el receptor de la amenaza deberá proporcionar la mayor cantidad de datos posible sobre los términos de la amenaza: autor de la llamada (si se ha identificado), hora de recepción, contenido del comunicado y cualesquiera otras circunstancias que se consideren relevantes.

Cuando sea posible, el Responsable del Puesto de Vigilancia cumplimentará el documento de registro adjunto al presente protocolo, incluyendo la información aportada por el receptor de la amenaza (Ver ANEXO A.2 ).

2. COMUNICACIÓN AL JEFE DE EMERGENCIA Y AVISO A LOS SERVICIOS DE EMERGENCIA DE LA CAM (112)

Al recibir la comunicación de la existencia de un aviso de bomba, el Responsable del Puesto de Vigilancia dará traslado inmediato del mismo al Jefe de Emergencia, informando de los términos y el alcance de la amenaza recibida (Ver ANEXO A.1 ).

Inmediatamente después de ser informado, el Jefe de Emergencia trasladará todos los datos disponibles a los Servicios de Emergencia de la CAM (112) y, caso de considerarlo necesario, autorizará como primera medida de seguridad la evacuación del edificio y/o las dependencias objeto de la amenaza.

En ausencia del Jefe de Emergencia, estas actuaciones podrán ser asumidas directamente por el Responsable del Puesto de Vigilancia.

Como norma general, las amenazas de bomba se presumirán ciertas al efecto de adoptar las medidas de seguridad establecidas en este protocolo, salvo en el supuesto de concurrir elementos de juicio suficientes que, valorados por los Servicios de Emergencia de la CAM (112), permitan concluir que la amenaza de bomba carece de fundamento.

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3. EVACUACIÓN

Una vez tomada la decisión de desalojar, los Equipos de Emergencia adoptarán todas las medidas necesarias para garantizar el desalojo y velar por la seguridad de personas y bienes, incluyendo, en caso necesario, la puesta en marcha de la alarma acústica cuando ésta no se hubiera activado con anterioridad desde el Puesto de Vigilancia.

Cuando, con independencia de la activación de la alarma, exista sistema de megafonía, podrá hacerse uso de éste para informar de la evacuación a los ocupantes del edificio.

4. MEDIDAS DE SEGURIDAD Y PUERTAS DE SALIDA

Una vez iniciada la evacuación, los colectivos implicados en la gestión de la emergencia adoptarán cuantas medidas de seguridad procedan en función de las indicaciones de los Servicios de Emergencia de la CAM (112).

En particular, los miembros de los Equipos de Emergencia ubicados en la planta o plantas de calle colocarán en lugares visibles de los distintos accesos al edificio anuncios con la advertencia “PROHIBIDO EL ACCESO. EMERGENCIA EN EL EDIFICIO”.

Los accesos deberán permanecer despejados y practicables en todo momento, sin bloquear las puertas de salida ni entorpecer su operatividad con los anuncios, para no dificultar la evacuación.

5. TRASLADO AL PUNTO DE REUNIÓN

Ver APDO. 6 del PROTOCOLO INTERNO DE ACTUACIÓN EN CASO DE INCENDIO.

6. LLEGADA Y RECEPCIÓN DE LOS SERVICIOS DE EMERGENCIA DE LA CAM

Ver APDO. 7 del PROTOCOLO INTERNO DE ACTUACIÓN EN CASO DE INCENDIO.

7. FIN DE LA EMERGENCIA

Ver APDO. 8 del PROTOCOLO INTERNO DE ACTUACIÓN EN CASO DE INCENDIO.

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o Régimen General de la Seguridad Social (FREMAP): PAS Funcionario, PAS Laboral y PDI Laboral

Acudir al centro asistencial de FREMAP más próximo al lugar del accidente, teniendo en cuenta la red de centros de dicha Mutua y considerando, en particular, los centros de referencia más cercanos a los edificios de la UNED:

 Madrid: Avda. Pablo Iglesias, 36-40. Madrid / 91 456 14 50 / L – V: 08:00 - 20:00 h.

 Las Rozas: Ctra. de Pozuelo, 61. Majadahonda / 91 626 58 63 / L - V: 08:00 - 20:30 h.

Si el accidente se produce fuera de las horas de consulta o se desconoce la ubicación del centro asistencial más cercano, llamar al teléfono 900 61 00 61 para recibir información sobre los servicios de FREMAP, en cualquier lugar donde se requieran.

o Régimen Especial de los Funcionarios Civiles del Estado (MUFACE): PDI Funcionario

Acudir al centro hospitalario que corresponda en el ámbito del mutualismo administrativo gestionado por MUFACE, para ser convenientemente atendido por la entidad o el establecimiento público o privado a través del cual haya de recibir asistencia sanitaria.

Cuando, en ambos casos, el desplazamiento al centro hospitalario se lleve a cabo por medio de taxi, será necesario solicitar el correspondiente justificante para el posterior abono de los gastos ocasionados.

Cuando la persona que requiere asistencia sanitaria externa sea un estudiante o un visitante ajeno a la UNED se deberá dar aviso a los Servicios de Emergencia de la CAM (112).

Si la respuesta es afirmativa:

Con independencia de todo lo expuesto, cuando la gravedad del accidente hiciera necesario el traslado urgente del afectado, podrá recurrirse al centro hospitalario más cercano, avisando inmediatamente a los Servicios de Emergencia de la CAM (112). A tal efecto, será preciso tener en cuenta lo siguiente:

  • Preguntar si se estima conveniente que se llame a una ambulancia para trasladar al afectado al hospital más cercano y proceder a su aviso inmediato si es requerido para ello, llamando a los Servicios de Emergencia de la CAM (112).

En todos los casos la prestación del servicio se llevará a cabo:

o Indicando de forma expresa que se llama desde la UNED. o Dando la dirección exacta del edificio. o Teniendo en cuenta que para llamadas al exterior es preciso marcar el “0” previamente.

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Manual de Actuación: Equipos de Emergencia 2018

3. DESPLAZAMIENTO AL LUGAR DE LA EMERGENCIA

Una vez alertados los Servicios de Emergencia de la CAM (112), el personal de Conserjería que haya iniciado las anteriores actuaciones se desplazará al lugar del suceso informando a los presentes de la próxima llegada de la asistencia sanitaria y auxiliará al accidentado o enfermo si se encuentra capacitado para ello, evitando moverle en caso contrario.

4. LLEGADA Y RECEPCIÓN DE LOS SERVICIOS DE EMERGENCIA

El Responsable del Puesto de Vigilancia recibirá a los Servicios de Emergencia de la CAM (112), indicándoles el lugar del suceso, poniendo a su disposición los medios necesarios para la colaboración que en su caso le sea requerida.

Cuando las circunstancias del suceso lo permitan, la persona atendida indicará a la ambulancia el centro hospitalario en el que desea ser atendido.

5. FIN DE LA EMERGENCIA

Comunicada por los Servicios de Emergencia de la CAM (112) la necesidad de trasladar al herido o enfermo, o concluida su atención sin haber sido necesario dicho traslado, se dará cuenta por la Conserjería y/o los trabajadores que hayan sido testigos o víctimas del suceso al Jefe de Emergencia.